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Así será el nuevo impuesto energético: tipos, empresas afectadas y cuándo entra en vigor

Según anunció el presidente del Gobierno, será un tributo extraordinario para el sector por los beneficios extra obtenidos por la futura subida de los tipos de interés.

electricidad

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció el 12 de julio en el Congreso de los Diputados un tributo extraordinario para el sector energético por los beneficios extra obtenidos por la futura subida de los tipos de interés, que se hará efectiva en septiembre.

La medida, que ya se aplica en varios países europeos como Portugal, Francia o Reino Unido, está encaminada a mejorar los ingresos para cubrir las ayudas frente a la inflación y moderar las ganancias extraordinarias que pudiera tener el sector en este contexto donde la demanda es muy alta.

Lo que dijo Pedro Sánchez

“Los beneficios no caen del cielo, salen del bolsillo de los consumidores que pagan los recibos. Y este Gobierno no va a permitir que el sufrimiento de muchos sea el beneficio de unos pocos. Pedimos a las grandes empresas que cualquier beneficio suplementario derivado de esta situación revierta en los trabajadores”, dijo hace semanas.

A quién se aplicará el impuesto

El recargo impositivo a las empresas eléctricas no seguirá el modelo italiano basado en el IVA. En el caso español, se aplicará solo a las grandes compañías que facturan más de 1.000 millones de euros al año. Según elDiario, este impuesto podría llegar a recaudar casi 2.000 millones de euros anuales.

Así, tal y como acaba de ser publicado, será un tipo del 1,2% las ventas totales de las energéticas (eléctricas, gasistas y petroleras), que facturen más de 1.000 millones de euros al año, y tienen planeado también una sanción para aquellas compañías que trasladen el impuesto a los usuarios.

Las empresas que facturan esa cantidad, y estarán afectadas por el nuevo tributo serán:

  • Las petroleras Repsol y Cepsa
  • Las eléctricas o gasistas Iberdrola, Endesa y Naturgy.
  • La británica BP, la portuguesa Galp o Acciona Energía.
  • La empresa de renovables Axpo o la de suministros de carburantes Disa.

La gestora del sistema gasista español, Enagás, y Redeia (la que fuera antigua Red Eléctrica de España) estarían fuera de este tributo por tratarse de negocios regulados sin beneficios caídos del cielo. La eléctrica portuguesa EDP está cerca de los mil millones de facturación, por lo que habrá que ver qué datos aporta las próximas semanas.

El nuevo impuesto al sector energético estará en vigor durante 2023 y 2024, y buscará recaudar 2.000 millones de euros al año de los beneficios extraordinarios de estas empresas en el ejercicio de este año 2022 y el que viene. Habrá una sanción del 150% del importe que se traslade al usuario para la empresa.

La obligación de pago empieza el 1 enero de 2023 y el 1 de enero de 2024, teniendo como referencia para la base imponible los ejercicios inmediatamente anteriores: el importe de la venta de bienes y servicios de 2022 y 2023.

El pago no se hará hasta septiembre, para que de tiempo a que las cuentas de las sociedades estén aprobadas. Aunque en febrero se hará un primer pago que será la mitad de lo que deban abonar.

La empresa puede ser española o extranjera, y la gran mayoría de los obligados a abonar la cantidad serán grupos fiscales, por lo que la cifra de negocios que habrá que tener en cuenta será el beneficio consolidado. Por tanto, las operaciones intragrupo quedan excluidas; y solamente pueden presentar declaración consolidada en España entidades españolas.

El impuesto a la banca

Tras el impuesto a las eléctricas, se ha aprobado hoy también un impuesto que gravará al 4,8% el margen de los intereses y las comisiones que cobran las entidades financieras. Como con el impuesto anteriormente explicado, el usuario no puede ver incrementado ningún coste.

El objetivo del Gobierno es recaudar 7.000 millones de euros en dos años y así financiar las medidas que han entrado en vigor para combatir la inflación actual que se deriva del conflicto de Ucrania. El modo de pago será el 1 enero, y la prestación se abonará en septiembre con un pago a cuenta en febrero, tomando como referencia el ejercicio inmediatamente anterior. No se gravarán los ingresos, ni se tendrá en cuenta la facturación para determinar qué sociedades están obligadas.

Las empresas que deben pagar ese impuesto establece un umbral de 800 millones de euros, una cifra gravará la diferencia entre los intereses que cobra el banco a sus clientes y los que paga la entidad cuando recibe cualquier financiación. Respecto a las comisiones, se tendrá en cuenta el diferencial entre las pagadas y cobradas. Tampoco se verán gravados los intereses y las comisiones obtenidos en el exterior por los diferentes grupos fiscales.