Advertencia de la DGT si llevas abrigo al conducir: puedes ser multado
En caso de accidente se reduce la eficacia del cinturón de seguridad, del airbag, y puede impedir también el correcto movimiento de los brazos al volante.
Cuando llega el frío y coges el coche de la calle puede parecer un témpano de hielo. Y si además es turno de noche, o tan temprano que ni ha salido el sol, el frío se deja sentir muchísimo.
Muchos conductores no se quitan el abrigo, pero la DGT avisa: puedes ser multado con hasta 200 euros. Pero, es interpretable la sanción y el hecho, por lo que te damos los detalles.
Multa por llevar abrigo
Conducir con abrigo simplemente no lleva asociada una multa pero depende de quien tome la decisión; en última instancia es un agente si se ha producido un accidente, que es donde se deben esclarecer responsabilidad.
Llevar abrigo siendo el conductor puede considerarse una infracción grave por conducción negligente, lo que supone una multa de hasta 200 euros. Pero también te pueden multar por los guantes o las botas.
Igual que en verano está prohibido conducir con chanclas, por si se mete debajo de un pedal y provoca un accidente, no hay agarre tampoco en el pie, con algunas botas puede pasar lo mismo.
El uso de guantes o botas de suela gruesa reducen la libertad de movimiento y el hecho de llevar una posición adecuada, y puede conllevar una multa de 80 euros según el Artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación el conductor debe “mantener su propia libertad de movimientos” para garantizar su seguridad, la del resto de ocupantes del coche y la de los demás usuarios de la vía.