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CRIPTOMONEDAS

¿Debo declarar mis criptomonedas en la Renta 2021 si tengo?

Bitcoin, Ethereum, Ripple XPR. Si tienes criptodivisas, ¿debes declararlas en tu declaración de Renta de este año?

Actualizado a
¿Debo declarar mis criptomonedas en la Renta 2021 si tengo?

Aunque son un tipo de dinero digital, las criptodivisas no dejan de ser dinero. Y por lo tanto, susceptible a la investigación de Hacienda y la Gestión Tributaria si vives en España. Pero la duda que te puede saltar, ya tengas un simple token de Bitcoin o una inversión importante en Ether, es la siguiente: ¿debes declarar esas criptodivisas? ¿Forman o no forman parte de tu patrimonio? 

Renta 2021 y criptomonedas

Entre 4 y 7 millones de españoles, alrededor del 10% de la población del país, ya tiene o ha usado criptomonedas. Y por ello este año están en el ojo público de los expertos de Hacienda. ya que hasta incluye su propia casilla. Pero, ¿debes declararlas? Hay dos supuestos:

Si tienes criptodivisas pero no generas nada con ellas, ni te las han vendido este año, ni las has recibido:

Estos activos son la representación virtual de un valor, y, por tanto, se contabilizan como parte del patrimonio de su titular. Si eres residente fiscal en España, deberás declarar su posesión en el Impuesto sobre el Patrimonio (IP), pero sólo en caso de superar el umbral legal para ello (como norma general, cuando el valor de tus bienes o derechos, determinado de acuerdo con las normas reguladoras del impuesto, resulte superior a 2 millones de euros. Si tienes menos de eso en criptodivisas, no.

Si tienes criptodivisas que has comprado, has heredado, te han dado algún tipo de valor este año

La AETA señala en su Manual práctico de Renta 2021 de este año que “las operaciones de venta de monedas virtuales a cambio de euros realizadas al margen de una actividad económica deberán ser incluidas en la declaración del IRPF correspondiente al período impositivo en que dichas operaciones se hayan realizado en el apartado "Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de otros elementos patrimoniales" consignando en la casilla [1626] la clave 0, que corresponde a "Monedas virtuales".

Y en la declaración de Patrimonio, se trata de la casilla 46 del borrador de la declaración, cuyo título es 'Saldos en monedas virtuales'. Recibir criptomonedas en herencia o como regalo también tributa, en ambos casos conforme a la legislación sobre sucesiones estatal y autonómica. Así, los residentes fiscales en España tendrán que declarar el valor de las monedas digitales que les dejen, las cuales según el marco regulatorio estatal, tributan a unos tipos que van desde el 7.65 % hasta el 34 %. Pero, aquí hay que tener en cuenta sobre todo la regulación autonómica. Un residente en Madrid, por ejemplo, podrá aplicar una bonificación de hasta un 99 % dependiendo del grado de parentesco con el fallecido o donante.

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Además de declarar la cantidad de criptomonedas, también si se encuentran en un ‘wallet’ o un ‘exchange’ como Binance o Coinbase, hay que declarar la compra-venta de las mismas. Como apuntan desde la entidad BBVA, “Si el usuario vende, a dinero fiat, cambia su criptomoneda por otra, la dona o la cambia por bienes o servicios, entonces debe incorporarse asimismo a la declaración. Es decir, se declara su transmisión efectiva”.

Declarar también si minas criptomoneda

A pesar de ello, en el ordenamiento jurídico español no existe ninguna figura que regule directamente las criptos, sino que se rigen por el tratamiento normal de las ganancias y pérdidas patrimoniales. A la hora de presentar las criptos, los contribuyentes se tendrán que preparar una lista de documentos, ya que el proceso es bastante complicado de llevar a cabo. Y si te preguntas cuánto deberás pagar por tus criptos, pues será un impuesto de entre el 19%- 23% según la base imponible

Otros dos fenómenos virtuales que también destacan por no tener una regulación específica son la minería de criptomonedas y la compra-venta de tokens no fungibles (NFTs). En el caso de la minería de criptodivisas -si tu mismo te ‘fabricas’ tus criptomonedas-, los expertos fiscales de la startup TaxDown sostienen que habría que considerarla como una actividad económica, por lo que las cantidades percibidas se tendrían que declarar como ingresos derivados de dicha actividad. Con lo que respecta a los NFTs se contempla que las compañías que gestionan estos criptoactivos deban informar sobre ello a las autoridades.

No hay duda que el año que viene veremos novedades y nuevos modelos que incluyan una regulación más específica sobre las criptodivisas, pero queda claro que Hacienda ya le ha echado el ojo a esta nueva forma de ingresos de clara al ejercicio anual de la Renta.