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Ciencia y tecnología

CASTIGO A GOOGLE

Multa récord a Google de 2.400 millones de euros por abuso y monopolio

Europa sanciona al gigante de la Red
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Multa récord a Google de 2.400 millones de euros por abuso y monopolio

Más de 2.400 millones de euros es la gigantesca sanción que la Comisión Europea le ha impuesto a Google hoy desde Bruselas. Casi 3 millones de dólares que son desde ya la mayor multa que Europa ha impuesto jamás. ¿Y cuál es el motivo? El abuso de posición o directamente monopolio que el gigante de la Red ha estado haciendo a través del sistema de compra online Google Shopping, del que es subsidiaria y que ha usado para favorecer sus propios intereses.

2.400 millones de euros por abusar

Conglomerado de varias empresas de calado, Alphabet Inc. tiene entre sus filas a Google y todo lo que ello conlleva -el motor de búsqueda, YouTube, Google Maps, Gmail, etc-, además de empresas de domótica, de investigación médica, de la mejora de ciudades y demás. Según la Comisión Europea, Google ha abusado de su posición dominante en el mercado en cuanto al uso de su motor de búsqueda, ofreciendo una ventaja ilegal a otro producto de la misma compañía como es su servicio de compras comparativas Google Shopping. La empresa debe poner ahora un término a su forma de proceder en el plazo de noventa días o enfrentarse al pago de una multa que puede llegar hasta el 5% de la cifra de negocios media diaria de Alphabet, la sociedad matriz de Google, a nivel mundial.

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Las prácticas ilegales de Google han influido considerablemente en la competencia entre su propio servicio de compras comparativas y los servicios rivales, lo que le ha permitido a su servicio mejorar considerablemente el tráfico a expensas de sus rivales directos -Amazon, eBay y otros gigantes de compras y servicios- y en perjuicio de los consumidores europeos. Teniendo presente el predominio de Google en las búsquedas de carácter general en internet, su motor de búsqueda es una fuente importante de tráfico. De resultas de las prácticas ilegales de Google, el tráfico del servicio de compras comparativas de esta empresa aumentó considerablemente, mientras que sus rivales han sufrido unas pérdidas de tráfico muy significativas de forma duradera, reseña el informe de una investigación que ha durado varios años en cuanto a la recogida de pruebas.

La importancia de las búsquedas

Los servicios de compras comparativas dependen en gran medida del tráfico para ser competitivos. A mayor tráfico, mayor número de clics, y mayores ingresos. Además, un mayor tráfico atrae a un mayor número de vendedores que desean asociar sus productos a un servicio de compras comparativas. Teniendo presente la posición dominante de Google en las búsquedas de carácter general en internet, su motor de búsqueda es una fuente importante de tráfico para los servicios de compras comparativas.

Google Shopping, el culpable de la sanción récord
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Google Shopping, el culpable de la sanción récord

Según Europa, la compañía ha vulnerado la legislación antitrust de la UE, las prácticas de Google suponen un abuso de su posición dominante en la búsqueda general de internet por inhibir la competencia en los mercados de compras comparativas. En sí la posición dominante no es ilegal según la legislación antimonopolio de la UE. No obstante, las empresas dominantes tienen la especial responsabilidad de no abusar de su posición en el mercado restringiendo la competencia, bien en el mercado en que son dominantes o en otros mercados.

Google ha abusado de esta posición dominante dando a su propio servicio de compras comparativas una ventaja ilegal, ya que solo coloca en una posición destacada en sus resultados de búsqueda su propio servicio de compras comparativas, mientras que los servicios rivales los sitúa en un lugar más desfavorable. Google ha estado inhibiendo la competencia basada en los méritos en los mercados de las compras comparativas e implantado esta práctica en todos los países del EEE donde utiliza este producto de compras comparativas, comenzando en enero de 2008 en Alemania y el Reino Unido. Posteriormente hizo extensiva esta práctica a Francia en octubre de 2010, a Italia, Países Bajos y España en mayo de 2011, a Chequia en febrero de 2013 y a Austria, Bélgica, Dinamarca, Noruega, Polonia y Suecia en noviembre de 2013.

La comisaria Margrethe Vestager, a cargo de la política de competencia señala que “lo que Google ha hecho es ilegal según la legislación antitrust de la UE, pues ha denegado a otras empresas la posibilidad de innovar y de competir según sus méritos. Y lo que es más importante, ha denegado a los consumidores europeos una auténtica oferta de servicios y todas las ventajas de la innovación”.

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Google no lo acepta

Por supuesto la compañía no ha tardado en responder, señalando en un comunicado que “estamos en un respetuoso desacuerdo con las conclusiones anunciadas hoy. Analizaremos la decisión de la Comisión al detalle mientras consideramos una apelación”. Según ellos no hay abuso alguno por su parte, ya que intentan dar siempre al usuario lo que este está buscando al usar Google, y que “nuestra habilidad por hacerlo así de bien no es algo que nos favorezca a nosotros o a alguna web o vendedor en particular sobre el resto. Es el resultado del trabajo duro y la innovación constante basada en el feedback obtenido de los usuarios“. ¿Apelará Google, o se conformará y pagará la multa?