Tres años de sanción para Luguelín Santos por falsificar su edad para competir
El dominicano admitió haber competido en el campeonato de grupos de edad de 2012 con un pasaporte que mostraba una fecha de nacimiento falsificada.
Luguelín Santos (30 años) ha sido sancionado por la Unidad de Integridad del Atletismo (AIU) durante tres años por manipulación de edad en el Campeonato Mundial Juvenil de la IAAF (Barcelona 2012); su período de inhabilitación de tres años va del 11 de marzo de 2023 al 10 de marzo de 2026. El atleta de República Dominicana, medallista de oro en los 400 metros en el evento, admitió haber competido en el campeonato de grupos de edad de 2012 con un pasaporte que mostraba una fecha de nacimiento falsificada (12 de noviembre de 1993) cuando de hecho, nació en esa fecha en 1992. Por lo tanto, no era elegible para participar en el Campeonato Mundial Juvenil 2012 que, según las Reglas de Competencia de 2012, requería que los atletas juveniles tuvieran 18 o 19 años el 31 de diciembre del año de competencia.
“Nuestras investigaciones en curso han descubierto un nivel preocupante de trampa, mediante manipulación de la edad, que ha distorsionado los resultados de las competiciones de atletismo juvenil al más alto nivel. En este caso, un campeón mundial juvenil fue coronado erróneamente y al legítimo ganador se le negó su momento de gloria”, señaló el director de AIU, Brett Clothier. “Más allá de eso, la manipulación de la edad nos desafía a enfrentar problemas graves, incluidas culturas arraigadas que enseñan a los jóvenes valores inapropiados, además de proporcionar los medios para modificar las edades de los atletas en documentos nacionales y, en última instancia, celebrar victorias mal habidas. La AIU se opone firmemente a tales acciones y perseguirá enérgicamente todas las supuestas violaciones”.
De 2010 a 2017, Santos declaró 1993 como su año de nacimiento para las competencias. Sin embargo, en febrero de 2018, declaró que su fecha de nacimiento era el 12 de noviembre de 1992, basándose en un pasaporte emitido en 2018. El atleta continuó usando su fecha de nacimiento de 1992 durante todo 2018. Una fecha de nacimiento de 1992 significaba que el 31 de diciembre de 2012, Santos habría cumplido 20 años. y por lo tanto no elegible para competir como “junior” en el Campeonato Mundial Juvenil 2012. Ante esta afirmación de la AIU, el atleta reveló que, siguiendo instrucciones, había obtenido un “pasaporte especial” emitido por las autoridades dominicanas que le otorgaba su fecha de nacimiento como el 12 de noviembre de 1993, contrariamente a su fecha de nacimiento real del 12 de noviembre de 1992. Santos también le dijo a la AIU que le habían ordenado utilizar el “pasaporte especial” con el año de nacimiento falso (1993) para las competiciones, pero el pasaporte auténtico (año de nacimiento 1992) para todos los demás fines oficiales.
Santos admitió haber usado el “pasaporte especial” para ingresar al Campeonato Mundial Juvenil de 2012, aunque era mayor de edad y no era elegible y proporcionó documentación de respaldo a la AIU para verificar su afirmación. El 8 de julio de 2022, la AIU suspendió provisionalmente a Santos y, el 22 de diciembre de 2022, le emitió una Notificación de Cargo por las presuntas violaciones.
El 13 de enero de 2023, Santos firmó un formulario de admisión y aceptación en relación con las violaciones del Aviso de Cargo y, el 28 de junio de 2023, el atleta confesó además haber participado en una competición cuando no era elegible el 11 de marzo de 2023. Por lo tanto, comienza el período de tres años. Nuevamente en la fecha de su participación mientras no era elegible, es decir, el 11 de marzo de 2023, y ahora finalizará el 10 de marzo de 2026. Ha aceptado estas consecuencias y ha renunciado a su derecho a que el Tribunal Disciplinario las determine en una audiencia.
Si bien esta sanción descalifica la medalla de oro de Santos en el Campeonato Mundial Juvenil de julio de 2012, no afecta la medalla de plata que obtuvo en los 400 metros en los Juegos Olímpicos de Londres 2012 el mes siguiente. La sanción de tres años de Santos fue determinada bajo la Regla de Competencia correspondiente en 2012 (Regla 9) que preveía un rango de sanción de entre dos y cuatro años. La AIU solicitó una suspensión de cuatro años que se redujo a tres cuando Santos rápidamente admitió los cargos.
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