RFEF
El juez deniega la cautelar a Pedro Rocha
El TAD decidió la inhabilitación por dos años a Pedro Rocha como presidente de la Federación Española de Fútbol el pasado 16 de julio.
El titular del Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 2 de la Audiencia Nacional ha rechazado las medidas cautelares solicitadas por Pedro Rocha, presidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), lo que significa que se debe hacer efectiva la inhabilitación de dos años impuesta por el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAD). Por tanto, esta era una de las vías que el mandatario extremeño apuraba para poder presentarse a las elecciones a la presidencia cuya convocatoria estaba prevista para septiembre. La decisión le cierra la puerta, aunque tendría aún la opción de solicitar un recurso urgente a la Audiencia Nacional que, de ser estimado, le daría la posibilidad de concurrir a los comicios federativos, según informa Iusport.
En su recurso, la defensa de Rocha sostenía que si no se suspendía la sanción, no podría presentarse a las elecciones de septiembre y que, cuando se celebraran, aún no habría una resolución judicial que confirmara o anulara la inhabilitación. Las medidas cautelares que pedía el mandatario evitarían un perjuicio irreparable. Sin embargo, en la resolución del juez, se asegura que el demandante “no aporta ninguna prueba que respalde esta afirmación”. Y se explica: “No hay prueba sobre la realidad de los perjuicios invocados, máxime cuando las elecciones a la Asamblea General de la RFEF aún no se han convocado”.
Por tanto, esta es la confirmación de la sentencia que el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAD) acordó el pasado 16 de julio de inhabilitar a Pedro Rocha, presidente de la RFEF, por un periodo de dos años. La razón fue el despido del secretario general, Andreu Camps. Para el TAD, esa decisión se tomó de manera unilateral como presidente de la Gestora, algo que constituía un abuso de autoridad, aunque Rocha había declarado que lo hizo por indicación expresa del Consejo Superior de Deportes (CSD). En cambio, en las otras dos causas por las que la Instructora pedía dos años más de inhabilitación, la rescisión con González Cueto y el haber personado a la RFEF en el caso Rubiales, el tribunal sí estimó que habían sido ratificados por la Gestora.
Por tanto, el TAD determinó que solo la primera de las causas era motivo para dictar una inhabilitación de dos años, que Rocha recurrió en busca de unas medidas cautelares que le permitieran poder ser candidato en las próximas elecciones de la RFEF, algo que no ha conseguido. Aún tendrá la posibilidad de pedir un recurso urgente a la Audiencia Nacional que le permitiera estar presente en la carrera electoral.
Desde que el TAD dictara la inhabilitación y mientras Rocha esperaba las medidas cautelares, la vicepresidenta María Ángeles García ‘Yaye’ ejercía de cabeza visible del ente federativo. El dirigente tampoco estuvo presente en la Asamblea, que presidió el secretario general, Álvaro de Miguel. Rocha decidió mantener un perfil bajo “por prudencia” mientras se resolvía su recurso, aunque se sostenía que no había dejado de ser presidente porque la inhabilitación no se había hecho efectiva mientras se resolvía unas cautelares que ahora se le deniegan.
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