Peligra el Clásico para Nacho
La sanción al capitán del Real Madrid puede ser de un partido... o de cuatro si se aplica el Artículo 102. La clave: el árbitro no habló de violencia, pero sí de la lesión de Portu.
A Nacho su expulsión en Girona por su durísima entrada sobre Portu le puede costar mucho más cara de lo que esperaba. El capitán del Real Madrid se pasó de suficiencia al ir a cortar una contra, no midió bien y acabó golpeando con la plancha del pie en el tobillo derecho del jugador del Girona, que además en la caída se produjo otro fuerte golpe en la cadera. Tuvo que ser trasladado en ambulancia al hospital, donde por fortuna las pruebas sólo revelaron dos fuertes hematomas, sin rotura alguna; está a la espera de que remitan la inflamación y el dolor para verificar que todo ha quedado en un susto sin graves consecuencias. Nacho recibió una amarilla de primeras, pero tras la revisión en el VAR, Pulido Santana rectificó su decisión y le enseñó la roja directa.
A priori, es un partido de sanción, una losa importante para el Madrid tras una expulsión en el minuto 93 de un partido que ganaba por 0-3; totalmente evitable, totalmente innecesaria. Faltaba la redacción que el árbitro tenía que hacer sobre la acción en el acta del encuentro, que fue la siguiente: “En el minuto 90 (6) José Ignacio Fernandez Iglesias fue expulsado por el siguiente motivo: realizar una entrada a un contrario con el pie en forma de plancha impactando en su pierna con uso de fuerza excesiva en la disputa del balón. Dicho rival necesitó asistencia médica en el terreno de juego y no pudo continuar jugando por lesión, siendo retirado en camilla”.
Y aquí vienen las dudas: con esa redacción, está por ver qué artículo le aplican a Nacho a la hora de dilucidar la sanción que le caerá. De forma habitual, los expulsados de forma directa se enfrentan al artículo 121 del Código Disciplinario de la RFEF, que establece “la imposición de la sanción de suspensión durante, al menos, un partido, salvo que el hecho fuere constitutivo de infracción de mayor gravedad, con la accesoria pecuniaria correspondiente. En aquellos casos en que la expulsión del terreno de juego se deba a situaciones en que el/la futbolista no hubiera tenido posibilidad de disputar el balón, la suspensión será de al menos, dos partidos”. No es el caso de Nacho, pues en el acta Pulido Santana dejó claro que la acción sucedió “en la disputa de balón”. Por tanto, si se aplica este artículo, lo más probable, la sanción será de un partido.
“Consecuencias dañosas o lesivas”
Pero cabe también la opción de que la acción se entienda como dentro de las que regula el artículo 102, que dice: “Producirse de manera violenta con un/a adversario/a, con ocasión del juego, originando consecuencias dañosas o lesivas que sean consideradas como graves, por su propia naturaleza o por la inactividad que pudieran determinar, y siempre que no constituya falta de mayor entidad, se sancionará con suspensión de cuatro a doce partidos”.
El hecho de que Pulido Santana señalase en el acta que Portu debió retirarse por lesión hace que el Comité de Competición pueda entender que la acción puede encuadrarse en el 102, aunque el árbitro del partido no habló en ningún momento en su acta de producirse de manera violenta ni de juego brusco grave; es más, habló de “fuerza excesiva”, pero la contextualizó dentro de una disputa de balón. Puede jugar también un papel en esta decisión el hecho de que Portu, parece, no sufre lesión grave, más allá del fuerte golpe y el hematoma consiguiente.
Si se opta por este artículo, lo que es improbable según las fuentes consultadas por AS, la sanción sería de cuatro partidos (es costumbre en el Comité, salvo circunstancias especiales, aplicar el castigo mínimo): si llega ese caso, Nacho no estaría ante Osasuna, Sevilla, el Clásico ante el Barcelona en el Camp Nou y la visita del Rayo Vallecano al Bernabéu. Aunque si se llegase a ese punto, es seguro que el Madrid apelaría con la esperanza de rebajar el castigo en la mayor medida. La decisión, sea la que sea, el próximo miércoles.