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Sentencia

LaLiga pierde ante Madrid y Athletic la Asamblea de CVC

La Audiencia Provincial ratifica al Juzgado de Primera Instancia 47 de Madrid, que declaró nula la Asamblea celebrada por la Liga de Fútbol Profesional.

Imagen de una asamblea de LaLiga.
Joaquín Maroto
Actualizado a

La Audiencia Provincial de Madrid ha ratificado la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 47 de Madrid que declaró nula la asamblea celebrada por la Liga de Fútbol Profesional el 12 de agosto de 2021 en la que se aprobó el proyecto Impulso, un acuerdo con el fondo de inversión CVC. Según el auto, al que ha tenido acceso este periódico, “debemos confirmar y confirmamos los pronunciamientos en ella contenidos e imponemos a la parte recurrente (LaLiga) el pago de las costas causadas en la alzada con pérdida del depósito constituido para recurrir de conformidad con el punto 9º de la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial”. Los magistrados Juan Gordillo, Juana de la Cruz y María Isabel Ochoa otorgan un plazo de 21 días para un último recurso de casación ante el mismo tribunal.

La sentencia señala que no se motivó la urgencia de esa asamblea, convocada solo ocho días antes de su celebración (se exigen diez en convocatorias ordinarias), lo que vulneró los Estatutos de LaLiga, y que durante su desarrollo se modificaron los términos del acuerdo remitidos previamente a los clubes. También concluye que la documentación de un asunto tan complejo se envió a los clubes solo dos días antes de esa asamblea y que la información fue incompleta e “indebida”, por la falta de tiempo para realizar “un estudio previo en atención a la relevancia de la operación”. El informe, según la jueza, “se facilitó a los miembros con una antelación que la práctica impedía someterlo a análisis y contraste con profesionales de su elección”. En principio fueron tres clubes (Real Madrid, Athletic y Barça) los que iniciaron el proceso contra la Asamblea de CVC, pero posteriormente el Barça se bajó y quedaron como demandantes el Madrid y el Athletic Club de Bilbao, que ya han ganado en dos instancias al recurrente, LaLiga, que no ceja en su empeño de seguir recurriendo.

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LaLiga consideró al conocerse la primera sentencia que esta únicamente afecta a un defecto de forma en la convocatoria y adopción de acuerdos de la asamblea del 12 de agosto de 2021, en que se tomó la decisión, “sin que en absoluto entre en cuestiones de fondo de los acuerdos”. LaLiga precisó que “dicho acuerdo impugnado” está “actualmente superado, y por tanto, entendiéndose subsanado cualquier defecto de forma, no cuestiona la conformidad a derecho del Proyecto LaLiga Impulso”. El acuerdo final se aprobó en una asamblea posterior, celebrada el 10 de diciembre de 2021. Para los clubes, en cambio, la sentencia deja sin efecto cualquier decisión tomada después de la asamblea impugnada en agosto.

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