Incredulidad en el Leganés por la diferencia entre las sanciones a Óscar y a Vinicius
Por una acción casi idéntica, el pepinero fue castigado con cuatro partidos y Vinicius, con dos. La redacción del acta fue clave. El Lega trató de que se le redujera el castigo, pero Apelación no lo admitió.
La sanción a Vinicius Junior (dos partidos por “golpear a un adversario en la cabeza de manera deliberada, sin estar el balón en disputa, empleando una fuerza no insignificante”) ha sido acogida con incredulidad en el seno del Leganés. El club pepinero vio hace unas semanas cómo Óscar Rodríguez, mediapunta blanquiazul, era expulsado ante el Villlareal por una acción casi idéntica con Yeremy Pino por la que, sin embargo, al de Los Navalmorales le cayeron cuatro partidos, el doble que a Vinicius, al estar considerada “agresión”.
Es en la terminología empleada en el acta de uno y otro partido lo que finalmente ha provocado la diferente interpretación jurídica de uno y otro caso y, por lo tanto, que a Vinicius le haya caído una sanción menor que a Óscar. Mientras que en el caso del brasileño el Comité de Disciplina lo considera conducta violenta por cómo Soto Grado escribió el documento resumen del partido, en el caso del español ve una agresión por que Muñiz Ruíz redactó su acta de forma diferente.
“En el minuto 58, Óscar Rodríguez Arnáiz fue expulsado por el siguiente motivo: por coger con ambas manos del cuello a un contrario y derribarlo cuando el juego se encontraba detenido”, decía el texto. En este último escenario se considera agresión y la sanción mínima es de cuatro partidos. En el caso de la conducta violenta de Vinicius, la sanción mínima es de dos encuentros.
El recurso del Leganés
El Leganés, en su recurso a Apelación tras la primera sanción a Óscar, trató de reducir el castigo al futbolista alegando precisamente que era una conducta violenta, pero no una agresión. Los pepineros aportaron pruebas videográficas, añadieron el atenuante de la provocación (Pino golpeó con el puño la pierna de Óscar cuando se inició el rifirrafe) y alegaron rápido arrepentimiento del futbolista.
Sin embargo, Apelación tiró de nuevo por tierra los argumentos blanquiazules afirmando que Óscar, al coger a Pino con las dos manos del cuello, manifestó una clara intención de agredir. “El artículo 130 [juego violento, dos partidos de sanción] podría aplicarse si el acto fuera más leve o menos intencional, el uso de ambas manos para coger del cuello y derribar indica, a juicio de este Comité, una intención más grave que la violencia genérica, sin que en la labor de calificación efectuada por el órgano disciplinario, este Comité de Apelación aprecie lesión al principio de proporcionalidad, sino la aplicación de un tipo de infracción más adecuado a la acción descrita”, afirma en su escrito.
Ocurre que, en el caso de Vinicius, el brasileño también golpea con sus dos manos el cuello de Dimitrievski. Aun así, aquí el Comité de Competición entiende que la agresión y lo descrito en el acta se acerca más al artículo 130 y no al que se aplicó a Óscar. De ahí la diferencia de sanciones, por mucho que, en verdad, las dos acciones sean prácticamente idénticas, entienden en Butarque.
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