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SANCIONES FIFA

El Valencia y Atlético, pendientes dos meses de la sanción a Cavani y Giménez

El artículo del Código Disciplinario por el que la FIFA le ha abierto expediente deja abierta la posibilidad de que sean “inhabilitados”.

Jose Maria Gimenez y Edinson Cavani increpan al colegiado Daniel Siebert tras el partido Uruguay-Ghana.
JOHN SIBLEYREUTERS

El domingo acabó el Mundial, aunque sus ecos continuarán un tiempo. El Valencia y el Atlético de Madrid estarán un par de meses todavía pendientes de la decisión que tome el Comité de Disciplina de la FIFA respecto a los expedientes abiertos contra la Federación Uruguaya de Fútbol y, en particular, contra Cavani, Giménez, Muslera y Godín. A los futbolistas, que es lo que atañe a los clubes españoles, se les impondrá sanciones por quebrantar los artículos 11 y 12 por su comportamiento tras el Uruguay-Ghana. Y el punto 12.4 deja abierta la puerta a “la prohibición de ejercer actividades relacionadas con el fútbol durante al menos seis meses”.

La FIFA comunicó la pasada semana a la Federación Uruguaya de Fútbol, como desveló el diario uruguayo El País, que hasta el 9 de enero podrá presentar alegaciones. El caso está en manos del abogado argentino Ariel Reck, experto en derecho deportivo y asesor en su día, entre otros, de Leo Messi. Se calcula que la decisión final del Comité de Disciplina de la FIFA no se conocerá hasta finales de febrero y dependiendo de si se decide aplicar el punto 12.3 o 12.4, Valencia y Atlético de Madrid se verán o no afectados.

Los servicios jurídicos del Valencia, a día de hoy, por ejemplo, están relativamente tranquilos. Ni la FIFA ni la Federación Uruguaya de Fútbol les han transmitido que puedan verse afectados. Pero obviamente están atentos a la resolución, conscientes de que hay una vía en el Código de Disciplina que podría llegar a afectarles: la letra pequeña del artículo 12, relativo a ‘Conducta indebida de jugadores y oficiales’.

Valencia y Atlético confían en que la sanción que les impongan a Cavani y Giménez respectivamente, que podría oscilar entre 10 y 15 partidos, sea solo eso, es decir “suspensión de partidos”, porque como se indica en el punto 12.3 del Código Disciplinario “solo se computarán a efectos de la ejecución de la suspensión los partidos efectivamente disputados por el equipo correspondiente”, en este caso la Selección de Uruguay de Fútbol. Pero si el Comité de la FIFA califica los hechos imputables a Cavani y/o Giménez de incitación pública al “odio o a la violencia será sancionado con la prohibición de ejercer actividades relacionadas con el fútbol durante al menos seis meses”. Giménez llegó a golpear a un oficial de FIFA y Cavani tiró al suelo el monitor del VAR camino del túnel de vestuarios.