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VALENCIA

El Valencia presenta recurso de casación a la nulidad de la ATE

Los servicios jurídicos del club argumentan en su escrito al Tribunal Supremo que el Consell de la Generalitat actuó “de mala fe”.

12/04/23
VALENCIA CF 
OBRAS DEL NUEVO MESTALLA
DAVID GONZALEZ ARENASDIARIO AS

El Valencia prolonga su litigio con la Generalitat Valenciana por la nulidad de la ATE de Mestalla. Los servicios jurídicos del club han apurado los plazos, aunque finalmente han presentado recurso de casación a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, que en abril dio validez a la nulidad de la ATE por parte del Consell de la Generalitat. Así, con su escrito al Tribunal Supremo, el Valencia mantiene abierta la vía judicial para tratar de resolver a su favor la cancelación de las ventajas urbanísticas que conllevaba la ATE.

El Valencia, en su recurso, apunta en su defensa que el Consell “actuó de mala fe” por no atender sus propuestas de financiación. El club, en las 17 páginas de recurso, trata de argumentar que su voluntad siempre fue reanudar la obra del Nuevo Mestalla y expone que la valoración que en su día efectuó el Consell fue “ilógica y arbitraria”, “sin amparo legal alguno, vulnerando a su vez el principio de confianza legítima”. Este recurso de casación implica que el tema se prolongará en los juzgados, avivando a su vez las quejas hacia la gestión y proceder del Valencia por parte de los diferentes actores políticos.

El TSJCV falló el pasado 12 de abril a favor de la decisión que tomó la Generalitat Valenciana de anular la ATE de Mestalla por los “incumplimientos” constantes del Valencia CF en sus compromisos adquiridos para acabar la obra del Nuevo Mestalla. Esa sentencia, que estaba abierta a recurso ante el Tribunal Supremo como finalmente ha realizado el club, implicaba que las fichas urbanísticas tanto de la parcela de Mestalla como las de la Avenida de las Cortes Valencianas, donde está ubicado el Nuevo Mestalla, regresaban al escenario de 2006 y pasaba de ser un tema concerniente a la Generalitat a corresponder su resolución al Ayuntamiento, donde se deben aprobar las fichas.

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