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CASO NEGREIRA

El destino del Barça quedará en manos de un jurado popular

El delito de cohecho que se le imputa al club blaugrana hace que el veredicto final esté en manos de un jurado popular. Nueve miembros formarán, si se llega el caso, el jurado.

El destino del Barça quedará en manos de un jurado popular

Nuevo capítulo en el Caso Negreira. El Juez que instruye la causa del pago de dinero por parte del Barcelona a Enríquez Negreira, exvicepresidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA), acaba de imputar al club blaugrana por cohecho, además de a los expresidentes azulgranas Josep María Bartomeu y Sandro Rosell y el propio Enríquez Negreira. El juez considera que “el delito de cohecho se ha consumado al haberse realizado el pago, se demuestre o no la corrupción sistémica del arbitraje español a causa de tales pagos”. El delito de cohecho que se le imputa ahora establece penas de entre tres y seis años de cárcel y supone que el caso sea juzgado por un jurado popular.

¿Cómo funciona un jurado popular?

Cada año par se realiza un sorteo entre todos los españoles mayores de edad y que sepan leer, en la que ‘unos cuantos afortunados’ recibirán una carta en su casa con la notificación en la que se les comunica que pueden ser llamados para participar en un tribunal popular durante los dos siguientes años. Este sorteo es público y puede asistir todo aquel que lo desee. Este sorteo se realiza mediante un programa informático en el que no figuran los datos de los ciudadanos. Si finalmente tiene que acudir a un juicio, recibirán una notificación nuevamente.

¿Quién lo forma?

El jurado popular está formado por un total de nueve miembros. Estos no pueden estar influidos por el caso: “El Ministerio Fiscal y las partes, a quienes se ha debido entregar previamente el cuestionario cumplimentado por los candidatos a Jurados podrán formular <recusación>, dentro de los cinco días siguientes al de dicha entrega, por concurrir falta de requisitos o cualquiera de las causas de incapacidad, incompatibilidad o prohibición previstas en esta Ley…Cualquier causa de <recusación> de la que se tenga conocimiento en este tiempo, que no sea formulada, podrá alegarse posteriormente”. La ley no prohíbe, por ejemplo, que un socio del Madrid o del Barça pueda asistir como jurado, pero se puede llegar a considerar que tiene interés en el caso y recusar su candidatura. Por eso el magistrado realiza una entrevista de forma individual para elegir entre 36 personas a las nueve que finalmente formarán el jurado. Los propios candidatos también pueden recusar su participación.

¿Cómo es la votación final?

Sólo el 0,1 de los casos en España se resuelven por jurado popular. Este jurado formado por nueve personas tendrá que llegar a un acuerdo para la resolución final. Para que salga culpable tienen que haber al menos siete votos a favor entre los nueve miembros del jurado. Para ser declarado no culpable, debe haber al menos cinco votos que opten por esta opción. El jurado tiene que llegar a un acuerdo hasta que consigan los votos suficientes para una u otra resolución.