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RACING

El Racing denuncia alineación indebida del Málaga

Alega que el conjunto andaluz incluyó nueve jugadores con ficha del filial cuando la reglamentación únicamente permite seis. AS ha confirmado que el Málaga alegará.

Actualizado a

El Racing ha presentado una denuncia contra el Málaga por alineación indebida en el partido que enfrentó a ambos en El Sardinero el pasado fin de semana y que concluyó con triunfo andaluz por 0-1, con gol de Adrián. Así lo ha confirmado el propio club cántabro. El Málaga, con problemas para inscribir jugadores por incumplir el límite salarial, sólo disponía de siete fichas de jugadores del primer equipo (tenía dos lesionados). No obstante, desde el club malacitano entienden que el Racing no tiene razón, ya que no todos los del filial tuvieron participación activa en el duelo y alegarán a Competición, tal y como ha podido confirmar AS.

En el artículo 4 de las bases de competición se dice, en su punto 4.5, relativo a la alineación de futbolistas, lo siguiente: "Los jugadores procedentes de equipos filiales o dependientes que, conforme a los artículos 226 y 227 del Reglamento General, puedan ser incluidos en la relación de futbolistas titulares o suplentes, no podrá exceder de seis, pudiendo concurrir un máximo de cuatro jugadores provenientes de equipos filiales o dependientes sobre el terreno de juego. En todo caso, para que pueda ser alineados con el equipo superior estará condicionada a que hubiera sido inscrito dentro de los periodos reglamentariamente establecidos para los jugadores del equipo en el que vayan a intervenir. La posibilidad de intervenir en el principal o patrocinador en el transcurso de la temporada quedará enervada cuando se trate de jugadores que, habiendo estados inscritos por el superior, hayan sido dados de baja en este y formalizado inscripción por el inferior en la misma temporada o cuando, tratándose de clubes cuyo primer equipo se encuentre adscrito a categorías no profesionales, se halle incurso en cualquiera de las situaciones prevista en los artículos 49, 61 o 192 del Reglamento General. La alineación de futbolistas en ningún caso podrá contravenir lo dispuesto en los artículos del 223 al 230 del Reglamento General".

Ismael Casas, Keidi Bare y Hugo Vallejo fueron los jugadores del filial que figuraban en el once inicial del Málaga para ese encuentro, pero en el transcurso del mismo entraron al terreno de juego también Ramón y Luis Muñoz. Además, en el banquillo, sin actuar, estuvieron Cristo, Hicham, Iván Jaime y Gonzalo.

Ahora el Comité de Competición, tras recibir las alegaciones del Málaga, resolverá el caso. En el supuesto de que le dé la razón al Racing, el Málaga perdería ese partido por 3-0. Así lo reconoce el artículo 76 del Código Disciplinario federativo para las competiciones por puntos: "En todo caso, al club que alinee indebidamente a un futbolista por no reunir los requisitos reglamentarios para poder participar en un partido, se le dará éste por perdido, declarándose vencedor al oponente con el resultado de tres goles a cero, salvo que se hubiere obtenido un tanteo superior, si la competición fuere por puntos, en cuyo caso se mantendrá".

El plazo para denunciar

Otra cuestión es conocer si la denuncia se produjo antes de las 14 horas del martes (el partido se jugó el sábado), porque de haberse producido con posterioridad su reclamación habría llegado fuera de plazo. Así lo reconoce el artículo 26 del Código Disciplinario federativo: "Tal derecho podrá ejercerse en un plazo que precluirá a las 14 horas del segundo día hábil siguiente al del partido de que se trate, momento en el que deberán obrar en la secretaría del órgano disciplinario las alegaciones o reclamaciones que se formulen; tratándose de encuentros que se celebren en día distinto al fin de semana, el meritado plazo se entenderá reducido en veinticuatro horas. La RFEF podrá, cuando por circunstancias excepcionales de la competición así se aconseje, y con el objeto de salvaguardar el buen desarrollo de la misma, reducir los plazos antedichos, respetando en todo caso, el principio de audiencia (...). En idéntico término precluirán también las eventuales reclamaciones por supuestas alineaciones indebidas y, aun habiéndose producido éstas, quedará automáticamente convalidado el resultado del partido si aquéllas no se hubieran presentado dentro del referido plazo".