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SEGUNDA DIVISIÓN B

¿Puede comprar el Andorra de Piqué la plaza de 2ªB del Reus?

La RFEF ha decidido descender al club catalán al no abonar el aval de 200.000€. Tomando como referencia años anteriores, el mejor posicionado es L'Hospitalet.

¿Puede comprar Piqué la plaza de Segunda División B para su Andorra?

El Reus no jugará la próxima temporada en Segunda División B. Así lo ha decidido la Real Federación Española de Fútbol tras no abonar el aval necesario para competir en la categoría de bronce de 200.000 euros. El club había solicitado que se ampliara el plazo con el fin de recaudar tal cantidad; sin embargo, el organismo no ha respondido positivamente a la petición, al ver la situación crítica del club: sin jugadores, sin saldar deudas...

De este modo, en Segunda División B queda una plaza vacante y la gran incógnita de quién la ocupará. Uno de los candidatos más mediáticos es, sin duda, el Andorra de Gerard Piqué, pero, con el reglamento en la mano, ¿es viable?, ¿tiene posibilidades reales de optar a estar en LaLiga 1|2|3 en el próximo mes de junio?

La respuesta es sí, pero con matices. Viendo casos anteriores, lo cierto es que el Andorra no parte, ni mucho menos, como el club con más opciones en base al reglamento de la RFEF. El artículo 105 e) establece que es la Junta Directiva de la Federación la que determina el modo y la forma en la que se cubrirán las vacantes. Dicho de otra manera, se reserva el derecho de decidir quién será el sustituto del Reus.

El artículo 194, clave para resolver el conflicto

Nada más lejos de la realidad, en otros supuestos se ha acabado aplicando el artículo 194, que expone el grado de jerarquía de los clubes que optan a la plaza. Tienen prioridad los equipos del grupo de Tercera al que caiga el Reus, es decir, el G.V. En él se encuentra el Andorra, pero prima entre todos ellos el derecho deportivo: quién sume más puntos la temporada anterior cogerá la plaza antes que uno con peor clasificación.

Si, por algún casual y tal como ha sucedido en algún contratiempo pasado, ningún equipo del Grupo V de Tercera tuviera el suficiente poder económico para adquirir la plaza del Reus; los siguientes candidatos serían aquellos que bajaran de Segunda B a Tercera de la misma Federación territorial que el equipo descendido en cuestión. En este caso, el Peralada.

Si volviera a darse el supuesto de que no hay candidato alguno, cualquier equipo de Tercera División optaría a la plaza vacante. En el extraño caso que tampoco se diera, los descendidos de Segunda B serían los últimos en la escala de aspirantes. Aun así, el artículo 194 expone la posibilidad de que la RFEF decida no rellenar dicha plaza; caso, desde luego, improbable.

L'Hospitalet, el mejor colocado

Teniendo en cuenta los criterios que se suelen aplicar en estos supuestos, L'Hospitalet es el número 1 para optar a la plaza del Reus. ¿Por qué? Finalizó la pasada temporada en la segunda posición del Grupo V y no consiguió ascender tras caer en primera ronda con el Algeciras. A pesar de perder en la eliminatoria inicial, suma más puntos que el Horta, tercero del G.V porque éste también fue derrotado a las primeras de cambio.

El método para cuantificar el derecho deportivo de los clubes es la suma total de los puntos logrados en temporada regular y los conseguidos en Playoff (tres por victoria, uno por empate y ninguno por derrota). No compiten con ellos ni el Llagostera, líder, ni el Prat, cuarto, ya que consiguieron el ascenso de categoría en el Playoff.

Según ha podido saber AS, en L'Hospitalet estarían dispuestos a ocupar la plaza. Sin embargo, este periódico ha consultado al club, que no se quiere pronunciar sobre el tema hasta que la Federación no establezca los requisitos necesarios para poder llenar el puesto del Reus. En principio, será simplemente el abono de los 200.000 euros del aval que no ha podido alcanzar la entidad catalana, pero la RFEF podría establecer otra cifra en base a su criterio.

El artículo 194 se aplicó con el descenso del Puertollano de cara a la temporada 2014/15.
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El artículo 194 se aplicó con el descenso del Puertollano de cara a la temporada 2014/15.
El artículo 194 se aplicó con el descenso del Puertollano de cara a la temporada 2014/15.
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El artículo 194 se aplicó con el descenso del Puertollano de cara a la temporada 2014/15.

2018/19: el Ibiza compra la plaza del Lorca

A diferencia de la situación actual, el Lorca renunció a su plaza al no tener los recursos económicos suficientes para abordar la aventura de Segunda División B. La RFEF lo rechazó al producirse fuera de plazo y le reclamó el pago de su deuda de más de 480.000 euros. Finalmente, no la pagó y, por tanto, su puesto también quedó vacante.

Al tratarse de un descenso económico y no de un descenso por no abonar el aval, la Federación impuso un pago de 480.000 euros para ocupar la plaza. Bajo estas circunstancias, se dio la situación anómala de que ningún equipo amparado en los dos primeros criterios de jerarquía del artículo 194 pudo aspirar a abonar dicha cantidad.

De este modo, cinco clubes se interesaron por la plaza: Jaén, Cádiz B, Ibiza, Mérida y Betis B. Los tres primeros cumplían la sección C del artículo anteriormente expuesto y los dos restantes, la D. Por tanto, dentro de la jerarquía, la RFEF solo contempló las aspiraciones de Jaén, Cádiz B e Ibiza y, entre todos ellos, el mejor posicionado por derecho deportivo era el club ibicenco, que fue finalmente el que jugó en Segunda B.

Sí que se han dado otros supuestos en los que el descenso en cuestión se ha certificado por problemas con el aval. Fue el caso del Puertollano en la temporada 2014-15. En aquel entonces, la Federación, tal y como se espera en esta ocasión, ordenó un pago previo de 200.000 euros para sustituir al equipo de Ciudad Real. Finalmente, La Roda fue el club que jugó en Segunda B.