NewslettersRegístrateAPP
españaESPAÑAchileCHILEcolombiaCOLOMBIAusaUSAméxicoMÉXICOusa latinoUSA LATINOaméricaAMÉRICA

CAMPAÑA RENTA 2023-24

Alquiler en la Renta 2023-24: ¿en qué casillas se pone la deducción a arrendador y arrendatario?

En la Declaración de la Renta existen deducciones para inquilinos y propietarios. En el caso de los inquilinos, hay que diferenciar el tramo autonómico del estatal.

Actualizado a
Alquiler en la Renta 2023-24: ¿en qué casillas se pone la deducción a arrendador y arrendatario?
Jesús Hellín Europa Press

El 3 de abril comienza la campaña de la Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio económico del 2023, cuando se podrá presentar de forma telemática la declaración. Los contribuyentes deberán incluir las viviendas en propiedad en la declaración de la Renta, que se podrá entregar hasta el1 de julio3.

Inquilinos en la Renta

La desgravación fiscal depende de si somos inquilinos o arrendadores. Para los inquilinos, existen dos tramos para poder ahorrar impuestos en la declaración: el estatal y el autonómico. Para poder acceder al estatal, es necesario haber firmado el contrato de arrendamiento antes del 1 de enero de 2015 y, si se cumple esta condición, los inquilinos podrán aplicar reducciones

Hay que tener en cuenta que cada comunidad autónoma tiene sus propias deducciones que varían según la edad, el coste y la situación económica. Los requisitos difieren entre las diferentes regiones, y no todas permiten desgravar por arrendamiento.

Propietario de vivienda en alquiler en la Renta

En el caso de los arrendadores, se debe incluir obligatoriamente las rentas que obtiene a través del alquiler, ya que son ingresos procedentes del rendimiento de su capital inmobiliario.

Para ello, según señala la Agencia Tributaria, “la cuantificación del rendimiento se realiza restando de los ingresos los gastos deducibles y aplicando sobre esta cantidad, en los casos que proceda, determinadas reducciones”.

En el caso de seas propietario de una vivienda en alquiler debes seleccionar la casilla 75, donde pone arrendamiento. En el caso de que un inmueble tenga varios propietarios, a cada uno se le atribuye tanto la renta obtenida como los gastos deducibles en función de su porcentaje de propiedad, en la casilla 63.

Si el inmueble también ha estado a tu disposición durante un año, deberás indicar en la casilla 76 el número de días que ha sido tu vivienda habitual.

En las casillas que van de la 0091 a la 0101, debes indicar el número de identificación de los inquilinos (NIF/DNI, NIE o Pasaporte), la fecha de inicio del contrato del alquiler y el número de días que ha estado alquilado el inmueble durante el año a declarar.

Bonificaciones a la mejora energética

Si eres arrendador, tendrás que rellenar las casillas de la 60 a la 68, donde, entre otros detalles, hay que señalar si la vivienda es urbana o rústica, y si el titular es propietario o usufructuario. Además, el propietario tiene que indicar si la vivienda se encuentra en el extranjero.

Hay que tener en cuenta también deducciones a la rehabilitación verde, es decir, bonificaciones por obras de mejora de eficiencia energética, que varían entre el 20% y el 60%.