NewslettersRegístrateAPP
españaESPAÑAchileCHILEcolombiaCOLOMBIAusaUSAméxicoMÉXICOusa latinoUSA LATINOaméricaAMÉRICA

DECLARACIÓN RENTA 23-24

Declaración de la Renta 2023-24 a pagar: ¿cuáles son los plazos, cuántas cuotas hay y cómo fraccionar?

Las fechas establecidas para abonar el importe variarán en función de si se elige la modalidad de pago único o pago fraccionado en dos o seis plazos.

Actualizado a
Declaración de la Renta 2023-24 a pagar: ¿cuáles son los plazos, cuántas cuotas hay y cómo fraccionar?

Un año más ha comenzado la campaña de la Renta. Si te toca pagar, la Agencia Tributaria ofrece varias posibilidades para devolver el dinero. En un vídeo, el organismo explica cuáles son y cómo se pueden elegir para pagar las cantidades adeudadas en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Pago fraccionado en dos plazos

Si el contribuyente obtiene resultado positivo (+) en la declaración de la Renta, la forma de pago que aparece señalada por defecto es la de dos plazos. El primero será el 60% de la declaración y se cargará el 1 de julio, mientras que el segundo, del 40%, se cargará el 7 de noviembre. Dentro de esta modalidad, se podrá elegir a su vez varias opciones de pago:

- Pago domiciliado: solo se tendrá que rellenar el IBAN de la cuenta bancaria en la que se harán los cargos.

- Pago electrónico: se puede usar un pago con cargo en cuenta, pago con tarjeta de crédito u obtener el NRC justificante del pago para incluirlo en la declaración.

- Documento para ingresar en banco o caja: la presentación quedará presentada pero pendiente de ingreso y con la generación de una carta de pago que se tendrá que pagar antes del 30 de junio de 2022.

Aquellas personas interesadas, podrán solicitar otras formas de fraccionamiento de más de dos plazos. En este caso, se abonará además el pago de un interés fijo del 3,75%, con aprobación previa de la Agencia Tributaria. Hay que tener en cuenta que es incompatible un fraccionamiento del pago a Hacienda con un aplazamiento del mismo.

Pago único

Para los declarantes que prefieran realizar el pago de golpe, podrán hacerlo de la misma forma que los que lo fraccionen: la domiciliación y el pago electrónico o mediante un documento de pago en caja o banco. Además, podrá acogerse a otras modalidades de pago como el reconocimiento de deuda con imposibilidad de pago o solicitud de aplazamiento.

Una vez elegido el método de pago, habrá que pulsar en ‘Aceptar’ y saldrá la declaración ya presentada con éxito. En los casos de deuda, se informará de los pasos a seguir para saldarla.