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CICLISMO

Revés al pasaporte biológico

La Audiencia Nacional no da validez al método de detección de dopaje a raíz del caso del ciclista Ibai Salas.

Actualizado a
El ciclista del Burgos-BH Ibai Salas, en una imagen de archivo.

La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso presentado por la Agencia Mundial Antidopaje contra la decisión del Tribunal Administrativo del Deporte de exonerar al ciclista Ibai Salas, sancionado en 2018 por la Agencia Española de Protección en la Salud en el Deporte (AEPSAD) con un castigo de cuatro años por irregularidades en su pasaporte biológico. Un golpe en toda regla al sistema español, que en la nueva Ley Antidopaje, de diciembre de 2021, refuerza al pasaporte biológico como medio de prueba válido para sancionar infracciones.

En la resolución que adelantó ABC, la Audiencia Nacional dice que “no es respetuoso con la presunción de inocencia afirmar que ‘existe una alta probabilidad’ en el consumo de sustancias o métodos prohibidos, puesto que el derecho sancionador no puede operar sobre el terreno de las probabilidades sino sobre el plano de las certezas”. Según el tribunal, “el resultado adverso en el pasaporte biológico, como tal, por sí solo y conforme a la tipificación infractora en el momento que ocurrieron los hechos no determina la comisión de la infracción, sino la probabilidad del consumo de una sustancia prohibida que debe ser determinada”.

El pasaporte biológico, a diferencia del control antidopaje que actúa como una foto del momento, es una película del perfil hematológico del deportista. Las fluctuaciones ‘cantan’ si ha habido dopaje aunque no haya positivo por una sustancia y es un medio internacionalmente reconocido de lucha contra el dopaje. La decisión, lo deja en entredicho en España, aunque el director de la Agencia nacional (ahora CELAD), José Luis Terreros, advertía en una reciente entrevista con AS que “todos los pasaportes que tienen incidencias con la ley ahora mismo vigente serán válidos porque en el nuevo texto está mucho más claro y serán sancionados de forma normal”.

Sin embargo, el caso del ciclista del Burgos-BH, mantenía en el limbo al menos cuatro casos similares de irregularidades en el pasaporte biológico que la CELAD esperaba para resolver y pueden quedar sin castigo. “Hubo un caso que se comunicó ya a un deportista y se le suspendió, es el único en que no sabemos qué pasaría. Posiblemente se haría cargo la AMA. (Se trata de un ciclista de segundo nivel cuyo caso se resolvió hace años, no ha recurrido y está retirado). Hay otros dos más que han sido trasladados a sus federaciones internacionales y estas resolverán. Y otros dos que sus federaciones internacionales están reevaluando, en discusión, no sabemos muy bien por qué, pero intentamos que se hagan cargo de ellos”, decía Terreros en la entrevista.

El caso de Ibai Salas se arrastra desde 2018. Primero, el TAD anuló su sanción y la AMA presentó recursos en la vía deportiva ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), que refrendó los cuatro años de sanción, y en la justicia ordinaria española. Pero el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 7 dio la razón al ciclista señalando que el pasaporte “vulneraría el derecho fundamental de la presunción de inocencia”. El asunto no quedó ahí. Faltaba la Audiencia Nacional. Y el revés.