¿Hay que pagar impuestos si te toca la Lotería de Navidad y le das dinero a algún familiar?
Los premios que superen los 40.000 euros están sujetos al pago de impuesto, aunque se comparta el premio con familiares o amigos. Quien lo recibe, además, debe pagar el impuesto de Sucesiones y Donaciones.
La llegada de mes de diciembre, el último del año, viene acompañada por la época festiva de la Navidad y todo lo que ella conlleva. Las calles se engalanan de luces y decoraciones con motivos navideños y los hogares se preparan con los tradicionales turrones y polvorones. Pero también, lo que nunca falta a su cita es la Lotería de Navidad, que se celebra el domingo 22 de diciembre.
Un sorteo que este año repartirá un total de 2.590 millones de euros, divididos en los primeros tres grandes premios, dos cuartos premios y ocho quintos, principalmente. Luego, durante el sorteo del bombo salen también los números conocidos como pedrea. Y a la hora de ganar y compartir un décimo siempre surge la duda. ¿Quién paga los impuestos, en caso de estar obligado a hacerlo?
Lo primero de todo es conocer que no todos los premios implican el pago de una cantidad a Hacienda. Según recoge la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por los premios que otorguen una cantidad igual o inferior a los 40.000 euros no estaremos obligados a pagar impuestos.
Esto, traducido al Sorteo de Navidad, deja fuera de la ecuación a los cuartos y quintos premios (que reparten 20.000 y 6.000 euros al décimo, respectivamente). Por lo tanto los únicos premios que superan la barrera de los 40.000 euros son el tercero (50.000 euros al décimo), el segundo (125.000 euros) y el primero (400.000 euros). Por estos premios habría que pagar el 20% a Hacienda, a partir de los citados 40.000 euros. En el caso de un tercero, habría que pagar el 20% de los 10.000 euros que van de los 40.001 a los 50.000 euros (2.000 euros).
Tributo por una donación
En caso de querer compartir el premio, y salvo acuerdo entre las partes, el encargado de tributar por la cantidad que supere los 40.000 euros debe ser quien sea el cobrador del premio. En este caso, la persona agraciada que desa compartir el premio con familiares o amigos debe hacerlo a través de una donación, que cuenta con otro tipo de gravamen ante la Agencia Tributaria.
En este sentido, se deberá tributar bajo el impuesto de Sucesiones y Donaciones, siguiendo el procedimiento legal a la hora de compartir el premio. La gestión de este impuesto está regulada por cada comunidad autónoma, de modo que el importe dependerá en función del territorio. Dicho impuesto solo se podrá pagar en un tiempo máximo de 30 días hábiles desde que se produce la donación.