¿Es legal que me cobren 2 euros de recargo si compro la Lotería de Navidad en la puerta de Doña Manolita?
En el caso de que compres un décimo fuera de una administración de Loterías y Apuestas del Estado, cabe la posibilidad de que te encuentres con un recargo de 2 euros.
Millones de españoles se harán con un décimo de la Lotería de Navidad en las próximas semanas. Aunque los hay supersticiosos, también existen personas que recurren a la matemática o que siempre juegan el mismo número, normalmente una fecha señalada (un cumpleaños, el día que nacieron los hijos...).
Desde el año 2002, momento en el que entró en vigor el euro en España, el precio del décimo de la Lotería de Navidad es de 20 euros, pudiendo adquirirlo online o en formato físico. El coste del boleto ha subido considerablemente teniendo en cuenta que en torno a 1966 valía 500 pesetas (3 euros).
Aspectos a tener en cuenta
Aunque este es el precio oficial que tiene un décimo, muchas personas se preguntan si es legal que te cobren dos euros de recargo en lugares que no sean una administración pública de Loterías y Apuestas del Estado, de manera que el precio del boleto asciende a 22 euros.
Y, sorprendentemente, la respuesta es afirmativa. Algo que muchas personas desconocen. Ahora bien, siempre y cuando la entidad esté autorizada expresamente por la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE), el operador de loterías y juegos de azar español de titularidad pública adscrito al Ministerio de Hacienda.
Artículo 8 de la Instrucción General de Loterías
Así aparece reflejado en el artículo 8 de la Instrucción General de Loterías, en el que se indica que está “prohibida la reventa con sobreprecio”, de modo que se castiga esta reventa con arreglo a la legislación vigente en materia de contrabando y defraudación.
Pagar un importe extra adicional por comprar Lotería de Navidad es muy frecuente en institutos, colegios, asociaciones vecinales y culturales o entidades deportivas, ya que el recargo funciona como participación o donación a dicha organización.
La reventa navideña con sobreprecio es ilegal
En caso de tener dudas, es conveniente preguntar si tienen el permiso de la SELAE. Eso sí, el sobrecoste no puede ser superior al 20%. En restaurantes, bares, comercios o pubs, cabe destacar que es ilegal añadir el recargo al coste del décimo. Si es así, estás siendo víctima de un timo y puedes ponerlo en conocimiento de las autoridades, facilitando a la SELAE los datos del décimo y la entidad, local o establecimiento que te la ha vendido.
Y es que la reventa navideña con sobreprecio es ilegal. En concreto, el reglamento de la Instrucción General de Loterías señala que la venta de billetes solo podrá efectuarse en las Administraciones de Loterías “legalmente establecidas, cuyos titulares, si lo estiman necesario, podrán valerse de vendedores autorizados que exclusivamente dependan de los mismos”. O lo que es lo mismo, sin autorización, es una práctica ilegítima.
Sigue toda la información de la Lotería de Navidad 2024
Este año en el Diario AS nos hemos propuesto darte toda la información sobre la Lotería de Navidad: