Xavi Abat, abogado: “Es ilegal vincular un seguro de vida a una hipoteca o préstamo”
En España, la Ley 5/2019, de 15 de marzo, prohíbe expresamente las ventas vinculadas en la contratación de préstamos hipotecarios.

El abogado Xabi Abat ha compartido el vídeo de una ciudadana que muestra una carta de su banco donde le avisan que al aumentar su peso, la masa corporal, le sube la prima del seguro de vida hasta un 25%. La reacción de la mujer es extremadamente comprensible, “cada vez que me coma un polo o pasta me voy a sentir culpable”.
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Y es que es absolutamente ilegal “vincular un seguro de vida a una hipoteca o préstamo”, por muchos motivos, pero especialmente cuando se juega con datos médicos, algo que se blinda para que los bancos no jueguen con ellos y puedan llegar a presionar a los clientes con productos que mermen su economía.
Abat afirma que es ilegal “subir cualquier cuota sin ningún tipo de comprobación y traslado al cliente”. En España, la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (LCCI) prohíbe expresamente las ventas vinculadas en la contratación de préstamos hipotecarios. Esto significa que el banco no puede obligarte a contratar un seguro de vida como condición para concederte la hipoteca.
Según el artículo 17.2 LCCI: “En ningún caso la concesión del préstamo podrá estar condicionada a la contratación por parte del prestatario de seguros, tarjetas, planes de pensiones u otros productos financieros”.
La normativa permite únicamente las ventas combinadas, es decir, que el banco puede ofrecerte un paquete (hipoteca + seguro) con bonificación en el tipo de interés, pero debe existir una oferta alternativa sin el seguro para que puedas comparar y decidir libremente.
¿Qué puede hacer el consumidor si el banco lo obliga?
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Reclamar ante el Banco de España, será el supervisor el que confirme que imponer el seguro es ilegal. Y emprender acciones judiciales, solicitar la nulidad de la cláusula y la devolución de las primas pagadas.
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