Varapalo de la Justicia a una comunidad de vecinos que reclamaba el hueco de la escalera: es privativo del local comercial
Los propietarios han visto como el fallo ha sido en su contra. Querían el hueco para colocar un ascensor en su comunidad.


La Audiencia Provincial de Cantabria ha dado la razón a los propietarios de un local comercial integrado en una comunidad de vecinos al considerar que el espacio situado bajo la escalera del edificio no tiene carácter comunitario. El tribunal concluye que dicho hueco forma parte del ámbito privativo del local.
Con esta decisión judicial queda desestimada la pretensión de la comunidad de propietarios, que había solicitado que el hueco bajo la escalera y el descansillo fuera declarado elemento común. El objetivo de la comunidad era disponer de ese espacio para la futura instalación de un ascensor en el edificio.
La sentencia recuerda que los dueños del local adquirieron el inmueble en 1989 mediante un contrato de compraventa con la constructora promotora. En ese momento, el espacio situado bajo la escalera se encontraba integrado en el local y desde entonces ha sido utilizado de forma continuada, pública y pacífica como parte de una pescadería.
El uso del espacio
Según los hechos, el hueco no estaba separado ni tabicado cuando los propietarios tomaron posesión del local y comenzó a destinarse a tareas propias de la actividad comercial. Entre 2001 y 2002, se realizaron obras de mejora que incluyeron la construcción de un tabique para habilitar un aseo, sin que ello alterara la naturaleza del espacio.
Los magistrados han tenido en cuenta los informes periciales y la información del Registro de la Propiedad, que reflejan la existencia de otros locales en el mismo edificio con huecos bajo la escalera igualmente anexos y atribuidos a cada establecimiento.
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A la vista de estas circunstancias, la Audiencia Provincial de Cantabria concluye que el espacio litigioso nunca tuvo la condición de elemento común y que fue transmitido desde el origen como parte inseparable del local, por lo que su carácter es privativo.
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