Sociedad

Una panadera pide una pensión por migraña y el INSS se la niega: apela y obtiene 1.138,28 € vitalicios por incapacidad

Una mujer de 38 años obtiene la incapacidad absoluta por migrañas. El TSJ le reconoce una pensión del 100% de su base reguladora.

Shot of a uncomfortable looking woman holding her head in discomfort due to pain at home during the day
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Jaime Esteban
Nació en Zamora en 2004. Es estudiante de Periodismo en la Universidad Complutense de Madrid y este es su primer trabajo en el mundo de la comunicación. Llega como becario a Diario AS en 2025, y es parte del equipo de AS América.
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Una persona cuya capacidad laboral queda anulada por una enfermedad o un accidente puede solicitar una pensión por incapacidad permanente para compensar la pérdida de ingresos. La Seguridad Social concede esta prestación a quienes forman parte de alguno de sus regímenes y cumplen los requisitos establecidos.

El organismo distingue varios niveles de incapacidad: la parcial, aplicable cuando el rendimiento profesional disminuye al menos un 33%. La total, cuando el trabajador no puede continuar en su puesto habitual pero sí desempeñar otro. La absoluta, que impide realizar cualquier actividad laboral. Y la gran incapacidad, dirigida a quienes precisan ayuda constante para las tareas básicas de la vida diaria.

Para acceder al 100% de la base reguladora es necesario que la Seguridad Social reconozca la incapacidad permanente absoluta. Este ha sido el caso de una mujer de 38 años de Castilla-La Mancha, que trabajaba como panadera y sufre migrañas severas desde hace años. Según un informe de neurología presentado en 2024, los episodios comenzaron en 2015 y se desencadenan por factores como el estrés, la menstruación o los cambios meteorológicos.

Rechazo del INSS, respaldo del TSJCM

La mujer solicitó la incapacidad permanente, pero el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) rechazó inicialmente su petición. Tras recurrir, el caso llegó al Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM), que ha respaldado la sentencia que reconoce la incapacidad absoluta derivada de enfermedad común.

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Los magistrados sostienen que su estado de salud no solo le impide ejercer su actividad como dependienta de panadería, sino que también dificultaría que pudiera desempeñar cualquier otra labor profesional con los niveles mínimos de concentración, dedicación y eficacia. Con el reconocimiento de la incapacidad absoluta, la afectada percibirá el 100% de su base reguladora, equivalente a 1.138,28 euros mensuales.

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