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Un trabajador es despedido de forma procedente tras pagar 3.890 euros a unos estafadores: este fue el engaño para perder el empleo

El TSJC avala el cese al considerar que el encargado de la tienda no siguió los protocolos establecidos por la empresa en la realización de pagos.

Estafas telefónicas
Rafael Escobar
Nació en Madrid en 1989. Doble licenciado en Periodismo y Comunicación Audiovisual, con Máster en Periodismo Multimedia Profesional. Becario en El Mundo, Servimedia, EFE y AS. Desde 2013, AS es su casa, con un paso en 2015 por la revista digital Marca Plus. En As, ha pasado por Cierre y actualmente es redactor de la sección de Actualidad.
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Duro varapalo para un encargado de tienda que fue víctima de una estafa telefónica cuando se encontraba trabajando. El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha declarado procedente su despido disciplinario después de caer en el engaño y realizar un pago de 3.890 euros a los estafadores que se hicieron pasar por uno de sus jefes. La sentencia especifica que el empleado incurrió en una transgresión de la buena fe al no seguir los protocolos establecidos por la empresa para la realización de pagos.

El trabajador recibió una llamada de un presunto responsable de las oficinas de la empresa en Portugal. Al otro lado del teléfono se le pidió un pago urgente relacionado con la entrega de un pedido, para lo que el estafado activó 85 tarjetas de recarga de Google Play y Amazon, enviando fotos con los códigos de descarga al desconocido.

El empleado era consciente de que esta no era la vía adecuada para realizar el pago que se le pedía, pero accedió a la petición y procedió a realizarla sin consultar a sus superiores. Los estafadores, al recibir los códigos, vaciaron las tarjetas de forma inmediata.

El alto tribunal explica que el trabajador actuó en todo momento de forma consciente sin seguir la normativa de la empresa. La compañía vio falta de diligencia en él y por tanto perdió la confianza y procedió a su despido.

El trabajador recurrió el cese ante la justicia y en primera instancia el despido había sido declarado improcedente, pero ante el recurso el TSJC entiende que la gravedad de la estafa era suficiente para calificar los hechos como muy graves.

Otros casos similares

No es el primer caso que se resuelve así en la justicia. En un asunto similar, el Tribunal Superior de Justicia de Baleares avaló el despido disciplinario de una dependienta que fue víctima de una estafa telefónica. Aquí, la trabajadora transfirió fondos en bitcoins para evitar una supuesta multa a la empresa. La dependienta recibió una llamada de un interlocutor que se hizo pasar por el representante de una gran marca de ropa, indicando que eran necesarios tres pagos para solucionar un problema en el que se encontraba la empresa.

La trabajadora, creyendo que estaba evitando un grave perjuicio a la empresa, realizó seis ingresos por un total de 2.845 euros, de los cuales 300 euros procedían de su propio bolsillo.

El TSJ de Baleares consideró que la trabajadora actuó con falta de diligencia, a pesar de que ella alegó haber actuado en la creencia de evitar un grave perjuicio a la empresa. La Sala destacó la importancia de seguir los procedimientos internos para la prevención de estafas y consideró que el despido disciplinario era procedente debido a la negligencia grave de la trabajadora.

En otro caso relevante, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid avaló el despido de un director financiero que cayó en una estafa por correo electrónico. El trabajador, que tenía la responsabilidad de gestionar las finanzas de la empresa, recibió un correo electrónico de un supuesto proveedor solicitando un pago urgente. Sin verificar la autenticidad del correo ni consultar a sus superiores, el director financiero realizó una transferencia de 10.000 euros a una cuenta bancaria fraudulenta. La empresa, al descubrir el fraude, decidió despedir al trabajador.

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El TSJ de Madrid nuevamente consideró que, dado el nivel de responsabilidad del trabajador y su conocimiento de la normativa interna, se esperaba de él un comportamiento mucho más preciso. La Sala subrayó que el trabajador no actuó conforme a los procedimientos establecidos y que la empresa perdió la confianza plena en él.

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