Si tienes un coche sin etiqueta de la DGT estas son las restricciones en Madrid en 2024
Los vehículos “A” no domiciliados en la capital, y que no figuren de alta en el Padrón del IVTM, tendrán prohibido el acceso y la circulación por todas las vías públicas y urbanas de Madrid.
Ya ha llegado 2024 y, con él, las nuevas restricciones de la DGT en lo que respecta a la movilidad en las grandes urbes de España, entre ellas, Madrid. La capital experimenta cambios en la circulación en una de sus tres Zonas de Bajas Emisiones.
Concretamente, será la Zona de Bajas Emisiones de Madrid (ZBE), que incluye a todo el término municipal de la capital, la que experimente cambios a partir del 1 de enero. Los vehículos con distintivo ambiental A que no estén domiciliados en la capital y que no figuren de alta en el Padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Municipal (IVTM), tendrán prohibido el acceso y la circulación por todas las vías públicas y urbanas de Madrid, según informa el Ayuntamiento en su web.
Los vehículos turismos sin distintivo ambiental se incluyen en categorías por criterio de utilización 00 (sin especificar), 02 (familiar) y 33 (todoterreno). En cuanto a la ZBEDEP de Distrito Centro, si se tratan de motocicletas o ciclomotores, no podrán acceder, salvo que estén empadronados en esta área de especial protección declarada por el consistorio de la capital.
Los turismos no podrán acceder, a excepción de que estén empadronados en Distrito Centro y tu vehículo sea de tu propiedad con anterioridad al 24 de octubre de 2018 y esté domiciliado en la ciudad de Madrid antes del 1 de enero de 2022. Tampoco podrán acceder, a no ser que sea una empresa o un autónomo y ejerza su actividad en un local u oficina ubicada en Distrito Centro, o sea utilizado para dejar o recoger alumnos de educación infantil, primaria, y de secundaria, cuyas necesidades así lo exijan.
En el caso de la ZBEDEP de Plaza Elíptica, motocicletas y ciclomotores no podrán acceder salvo empadronamiento en los barrios de Abrantes, Opañel, Comillas, Moscardó y Zofío. La misma restricción para los turismos A, que deberán estar domiciliados en Madrid para acceder a dicha área.
Situación a partir de 2025
A partir del 1 de enero de 2025, solo podrán circular con clasificación ambiental A los vehículos especialmente adaptados para ser conducidos por o trasladar personas con movilidad reducida, siempre que figuren de alta en el sistema de gestión de accesos a ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)’ y exhiban la respectiva tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
También podrán hacerlo los vehículos con la reconocida consideración de ‘históricos’, conforme a la normativa correspondiente del Ayuntamiento, los vehículos de emergencias y las Fuerzas Armadas.