Se tira 26 horas de charla telefónica con una compañera, la empresa la despide y la Justicia dicta sentencia con disciplinario
El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura confirma el despido por llamadas privadas desde el teléfono fijo de la oficina, pese a tenerlo prohibido.

Utilizar el teléfono fijo del trabajo para realizar llamadas personales es algo que no suele estar permitido. En el caso de esta historia, estaba totalmente prohibido, y una de las trabajadoras hizo caso omiso. Y tuvo que entrar el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura para confirmar que el despido era totalmente procedente.
La trabajadora aprovechó el teléfono de la oficina para realizar y mantener conversaciones de carácter personal de forma reiterada, en compañía de otra empleada; no se ocultaba ni lo pretendía, aunque sabía que estaba totalmente prohibido y así se lo habían comunicado en varias ocasiones.
La empresa había dejado claro que el teléfono fijo debía utilizarse exclusivamente para fines profesionales. Y ella no hizo caso, por lo que la empresa llevó a cabo una investigación interna, registrando el tiempo y uso del teléfono, los datos, no las conversaciones.
Llamadas de 69 minutos
En septiembre de 2019, durante 20 días laborables, ambas trabajadoras acumularon 11 horas y 47 minutos de conversación, con una media de entre 7 y 8 llamadas diarias. En octubre de 2019 los registros muestran 14 horas y 45 minutos de conversación, con picos diarios de 56 minutos el 31 de octubre, 69 minutos el día 29 y 62 minutos el día 28.
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Esas dos trabajadoras fueron despedidas, pero una de ellas no recurrió la sentencia. El tribunal extremeño afirma que la empresa actuó dentro de sus facultades de control y que el comportamiento de la trabajadora está demostrado que fue un incumplimiento grave y culpable de sus obligaciones laborales, justificando así el despido disciplinario.
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