Sociedad

Se pelea por una máquina recreativa en plena comida de Navidad, la empresa le despide y la justicia sentencia con procedente 

La compañía tomó medidas disciplinarias tras considerar que se habían excedido los límites de convivencia.

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SeventyFour
David Cuéllar
Licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid y actualmente estudiante del Máster en Periodismo Multimedia Profesional en la misma institución, su trayectoria académica y profesional está marcada por una pasión por la escritura que le acompaña desde la infancia.
Actualizado a

La comida de Navidad de la empresa es el lugar al que muchos temen asistir, y más si es la responsable de hacer que te despidan tras discutir por una máquina recreativa con un compañero.

El origen de este conflicto comenzó con una discusión entre compañeros durante la comida de Navidad por el uso de una máquina recreativa. Lo que inició como un episodio de discrepancias derivó en algo de mayor gravedad, con insultos, amenazas y una agresión.

Tras el suceso, la empresa decidió intervenir y despedir a uno de los implicados, considerando que se habían sobrepasado los límites tolerables. El trabajador afectado decidió impugnar el despido y llevó el caso al Tribunal Supremo.

El Tribunal lo declara procedente

El tribunal analizó el caso, considerando el contexto del suceso, la naturaleza de la conducta y el impacto que podría tener en la convivencia entre compañeros.

En la reciente resolución judicial quedó claro que no todo lo que sucede en estos encuentros queda al margen de las normas laborales. El Tribunal Supremo confirmó que el despido es procedente y que el trabajador cometió una infracción muy grave.

La sentencia también menciona que, aunque el acto se realizó fuera del lugar laboral, estaba vinculado a la empresa, por lo que seguía vigente el marco de protección de la convivencia laboral, el cual fue incumplido.

La decisión se apoyó en el Estatuto de los Trabajadores, que establece que se puede despedir a alguien por cometer ofensas verbales o físicas dirigidas a otros trabajadores o a la propia empresa.

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Por ello, el tribunal concluyó que estos sucesos encajan perfectamente con lo que establece el estatuto, ya que constituyeron una conducta incompatible con la convivencia y el clima de respeto.

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