Se da de baja por depresión y termina despedido por consumir alcohol durante el tratamiento: “Ha transgredido la buena fe”
El tribunal considera que las acciones del trabajador violan los deberes de fidelidad y lealtad.


Un trabajador de una empresa dedicada al transporte de mercancías fue despedido mientras se encontraba de baja por ansiedad, tras descubrirse que estaba consumiendo alcohol durante su tratamiento.
Este hombre había trabajado en la empresa desde 2011 y se dio de baja en 2022, alegando un trastorno de adaptación con ansiedad, una situación por la que debía seguir medicación.
La empresa decidió contratar a un detective privado, al no creer que el trabajador estuviese cumpliendo adecuadamente con su recuperación. Durante la investigación, se constató que consumía alcohol mientras estaba de baja médica, e incluso conducía su vehículo particular bajo los efectos.
En el informe del investigador se detalla que el hombre bebió “cerveza en una cantidad relevante, al menos un litro” y también consumió combinados de whisky, además de cerveza. Por este motivo, fue despedido mediante carta en noviembre de 2023.
Carta de despido
En la comunicación de despido, la empresa indicaba que “estas actividades son de suficiente gravedad e intencionalidad como para considerarse una transgresión de la buena fe contractual”, considerando que el consumo de alcohol no era compatible con su proceso de curación.
El trabajador decidió presentar una demanda en los tribunales, pero esta fue desestimada, y el caso llegó al TSJA, alegando que se había vulnerado su derecho fundamental a la garantía de indemnidad.
El tribunal señaló que esto no era así: “La suspensión laboral exonera al trabajador de prestar servicio, pero no de cumplir con las obligaciones inherentes al contrato de trabajo”.
Por tanto, se concluyó que el trabajador había cometido una transgresión de la buena fe contractual, produciendo un quebrantamiento de los deberes de fidelidad y lealtad implícitos en toda relación laboral.
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“Ha realizado actividades no permitidas por el tipo de medicación que estaba tomando. Ha llevado a cabo conductas incompatibles con su estado médico y tratamiento farmacológico, consistentes en la ingesta habitual de alcohol, retrasando su proceso de curación, lo que constituye un incumplimiento de las obligaciones laborales”, concluye el tribunal.
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