Se come una pizza de la competencia en horario laboral, la empresa le despide y la Justicia dicta procedente por ‘pérdida de confianza’
El empleado también falseó en dos ocasiones el registro de jornada, llegando tarde y saliendo antes de su hora.


En una pizzería de Vigo han despedido a un trabajador por falsificar las horas de entrada y salida y, además, en pleno horario laboral pedir una pizza a una cadena competidora para comérsela delante de los clientes del local.
Tras despedirlo, este trabajador fue a los tribunales, que no le dieron la razón y calificaron el despido como procedente.
El empleado llevaba desde 2022 prestando servicios a esta cadena y, un año después, fue cuando realizó las irregularidades en el registro de jornada. En la primera ocasión llegó cuarenta minutos tarde, pero anotó que había entrado a la hora habitual. En la segunda, se marchó a las 14:00 por sentirse indispuesto, aunque puso como hora de salida las 16:00, como si hubiese terminado la jornada completa.
Estos sucesos, según el tribunal, suponen un perjuicio directo para la empresa, que según la ley tiene que llevar un control de las horas trabajadas.
Más allá de estas irregularidades, lo que marcó un antes y un después fue cuando el empleado comentó a su jefe que tenía hambre y este le ofreció un trozo de pizza de la cadena. El trabajador lo rechazó y decidió pedir una de la competencia. Cuando llegó la comida, se la comió delante de todo el mundo. Para el tribunal, este gesto significó un desprecio explícito hacia la empresa y sus productos.
El proceso legal
El trabajador, tras el despido recibido en septiembre de 2023, decidió acudir a los tribunales. En primera instancia, el Juzgado de lo Social nº6 de Vigo desestimó la demanda, dando la razón al restaurante.
Después, el empleado recurrió al Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG), alegando que nunca había sido sancionado y que, en cualquier caso, la gravedad no era suficiente para rescindir su contrato.
El TSJG avaló la decisión inicial y declaró el despido procedente, al considerar que los tres episodios eran suficientes para constituir una transgresión de la buena fe contractual. Según el fallo, que el trabajador se comiese las pizzas de la competencia delante de los clientes podía dar la impresión de que la pizzería ofrecía un producto de peor calidad, dañando su imagen. Por ello, el tribunal entendió que el gesto se hizo con “voluntad intencionada de perjudicar a la empresa”.
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Las faltas cometidas por el empleado fueron consideradas graves, cumpliendo el requisito que marca la ley para realizar un despido disciplinario.
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