Sociedad

Reino Unido avisa a los turistas británicos: las nuevas normas que entran en vigor en España en julio

La prensa británica se hace eco del Reglamento Europeo 2024/1028, sobre los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración.

LONDON, UNITED KINGDOM - JULY 28: An interior view of Heathrow Airport as the holidaymakers face with an international travel chaos across Europe due to chronic staff shortages in London, United Kingdom on July 28, 2022. Heathrow Airport could not respond to the high number of passengers after the removal of Covid-19 measures. (Photo by Rasid Necati Aslim/Anadolu Agency via Getty Images)
Anadolu Agency
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Menos de un mes para que entre en vigor del Reglamento Europeo 2024/1028, de 11 de abril, sobre la recogida y el intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración.

Una normativa europea que regulará las nuevas condiciones de los alquileres de corta duración en los países miembros, y contemplará el nuevo registro en el que aquellas viviendas destinadas a los alquileres de corta duración deberán estar inscritas. Por ello, Reino Unido ha avisado a los turistas que quieran viajar a la UE acerca de las nuevas normas para alquilar viviendas de uso turístico.

Además, otro aspecto fundamental que incluye este reglamento es el código de registro, conocido como Número de Registro de Alquiler (NRA) o Código de Comercialización, es otorgado por el Colegio de Registradores. Todas estas viviendas destinadas a uso turístico deberán contar con este identificador cuando se publiciten en plataformas online como Booking o Airbnb.

Información a presentar en el registro

Las viviendas destinadas al uso turístico, en el caso de España, deberán cumplir con los requisitos establecidos por las comunidades autónomas. Sobre la información que deben presentar los anfitriones, destacan datos como la dirección específica de la unidad, número, número de buzón, planta, referencia catastral, además de otras como tipo de unidad y plazas disponibles.

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En caso de que el anfitrión sea una persona física, deben facilitar nombre, número nacional de registro de empresa, nombre de un representante legal, domicilio social, número de teléfono de contacto de al menos un representante de dicha persona jurídica, y una dirección de correo electrónico.

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