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Recibe dos cartas de despido estando de baja: lo declaran improcedente en los juzgados y termina indemnizado con más de 40.000 €

La justicia confirma que un despido no puede ser anulado unilateralmente y ordena indemnización y readmisión del trabajador.

Recibe dos cartas de despido estando de baja: lo declaran improcedente en los juzgados y termina indemnizado con más de 40.000 €
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El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJAr) ha declarado improcedente el despido de un trabajador que recibió dos notificaciones de extinción de contrato durante su baja médica, confirmando así la sentencia previa del Juzgado de lo Social Único de Huesca. La decisión obliga a la empresa a indemnizar al empleado con 46.665,34 euros y a readmitirlo en su puesto de trabajo.

El trabajador había iniciado su baja por incapacidad temporal debido a una lesión cervical. Mientras estaba de baja, recibió un burofax comunicando su despido por motivos disciplinarios, lo que le llevó a presentar una papeleta de conciliación.

Días después, la empresa envió un segundo burofax indicando que dejaba sin efecto el primer despido e iniciaba un procedimiento sancionador. Sin embargo, poco después se procedió a un nuevo despido, abonando la nómina y el finiquito correspondiente.

El despido no se puede “anular”

La resolución judicial subraya que la relación laboral no se reanudó tras el primer despido, dado que el trabajador no aceptó la retractación de la empresa. Según el tribunal, “una empresa no puede ‘anular’ un despido por su cuenta y obligar al trabajador a aceptarlo. El primer despido extinguió el contrato de forma inmediata y efectiva”.

El empleado acudió nuevamente a los tribunales para impugnar la extinción de su contrato. Aunque el juzgado consideró el despido improcedente y estableció la indemnización y la readmisión, la empresa interpuso un recurso alegando que el único despido válido era el segundo, al haber rectificado el primero y cumplido con el pago de salarios.

El TSJAr desestimó el recurso y confirmó la sentencia inicial, citando jurisprudencia del Tribunal Supremo que establece la necesidad de aceptación del trabajador para restaurar la relación laboral. La Sala concluyó que el empleado mantiene derecho a impugnar el primer despido y que la empresa no podía eludir la demanda alegando que el segundo despido era el válido.

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Con este fallo, la justicia refuerza la protección de los trabajadores frente a despidos durante bajas médicas y establece que las empresas deben respetar los procedimientos legales, garantizando que cualquier intento de rectificación no anule los derechos laborales adquiridos.

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