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AYUDAS

¿Qué requisitos deben cumplir las familias para cobrar el complemento a la infancia de la Seguridad Social?

Es obligatorio tener unos ingresos inferiores al 300% de la renta garantizada y no superar el máximo sobre ingresos computables y patrimonio neto.

¿Qué requisitos deben cumplir las familias para cobrar el complemento a la infancia de la Seguridad Social?
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El complemento a la infancia del Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una ayuda mensual que concede la Seguridad Social. Esta cuantía “extra” tiene la finalidad de mejorar la situación de vulnerabilidad de los más pequeños y ayuda a familias y unidades de convivencia.

Aunque esta prestación económica está ligada al IMV, también se puede pedir aparte si se cumple con una serie de requisitos. Algo que muchas personas desconocen y que le puede servir de gran ayuda tanto a corto como a largo plazo.

Importe

Al cierre del año pasado, el número de prestaciones concedidas con el Complemento de Ayuda para la Infancia alcanzaba ya las 451.190. Un complemento que en este 2024 mantiene su importe con respecto al año anterior, mientras el IMV ha subido un 6,9%.

La aportación económica depende de la edad de los menores a cargo que vivan en la unidad familiar, tal y como se desglosa a continuación:

  • Menores de tres años: 115 euros.
  • Mayores de tres años y menores de seis años: 80,50 euros.
  • Mayores de seis años y menores de 18 años: 57,50 euros.

Requisitos

Con todo ello, cabe destacar que no haría falta solicitar el complemento para la infancia, dado que la Seguridad Social lo aplica por defecto a los beneficiarios del IMV. No obstante, si no se tiene reconocido o la situación familiar ha cambiado recientemente, su cobro se puede gestionar a través de la web de la Seguridad Social.

Para percibir la cuantía de la ayuda, es necesario cumplir con los requisitos que permiten cobrar el IMV. Por si esto fuera poco, es obligatorio tener unos ingresos inferiores al 300% de la renta garantizada y no superar el máximo sobre ingresos computables y patrimonio neto.

  • Los ingresos familiares del año procedente no pueden superar el 300% del umbral de renta garantizada mediante el IMV.
  • El patrimonio neto de la familia no debe exceder el 150% de los límites establecidos para este indicador. 
  • Los beneficiarios deben residir de manera legal en territorio español.
  • Deben tener como mínimo un hijo de cargo de máximo 18 años y que esté afectado por una discapacidad en un grado igual o superior al 65%.
  • Las familias no pueden percibir ingresos anuales superiores a la cuantía anual que establezca la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado 2020

Aspectos a tener en cuenta

El importe del complemento se percibirá desde el primer día del mes siguiente al de la prestación de la solicitud (en caso de que tengas derecho a recibirlo). A su vez, el pago del complemento se prolongará mientras persista la situación de vulnerabilidad económica y se mantengan los requisitos que originaron el derecho a su percepción.

Es conveniente señalar que el pago será mensual, mediante transferencia bancaria. Una vez reconocida la prestación, todos los beneficiarios IMV, incluidos aquellos que únicamente sean perceptores del complemento de ayuda para la infancia, están obligados a presentar anualmente la declaración correspondiente al IRPF.

¿Puedo saber si tengo derecho a percibir el complemento a la infancia?

Para conocer si tienes derecho a percibir el complemento a la infancia, se puede utilizar el simulador del IMV. Es necesario responder online a unas sencillas preguntas para saber si la unidad familiar puede ser beneficiaria de esta prestación de la Seguridad Social.