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TRÁFICO

¿Puedo usar el móvil si estoy con el coche parado en un semáforo o en un atasco? Esto dice la DGT

La Ley de Tráfico establece como infracción grave el simple hecho de coger el teléfono móvil con una mano, sea cual sea la circunstancia. Las multas ascienden a los 200 euros.

Actualizado a
Young man using smart phone in his car
Geber86Getty Images

Muchas veces cuando nos encontramos conduciendo y estamos parados, ya sea porque el semáforo está en color rojo o se ha formado un atasco, es muy normal que los conductores se distraigan utilizando sus teléfonos móviles. El uso del móvil en el coche es una de las distracciones más comunes que suele provocar, en última instancia, decenas de accidentes de tráfico.

Este hecho provocó hace ya algunos años que la Dirección General de Tráfico (DGT) endureciera las sanciones por el uso de dispositivos móviles cuando se está al volante. Así, la infracción pasaba de una sanción de tres puntos y costar seis y, además, una multa económica de 200 euros. De este modo, y aunque muchos usuarios lo desconozcan, se trata de una infracción grave.

Así queda recogido en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, que en su artículo 76 informa sobre las infracciones de carácter grave. Entre otras, el apartado g) señala lo siguiente: “Utilizar, sujetándolo con la mano, o manteniéndolo ajustado entre el casco y la cabeza del usuario, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce, conducir utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil en condiciones distintas a las anteriores, conducir utilizando manualmente navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación, así como llevar en los vehículos mecanismos de detección de radares o cinemómetros”.

Por lo tanto, la respuesta es que no se puede usar un teléfono móvil mientras se circula, ni aunque solo sea para mirar la hora o revisar si nos ha llegado un WhatsApp. De hacerlo, estaríamos incurriendo en una infracción grave por el mero hecho de sujetar el teléfono con una mano. En caso de ser vistos por un agente de tráfico, nos exponemos a una multa de 200 euros y seis puntos del carnet de conducir.

De acuerdo con el reglamento vigente, las infracciones leves son sancionadas con multas de hasta 100 euros; las graves con sanciones de hasta 200 euros, y las muy graves con un máximo de 500 euros. Pero, además, se establecen algunas consideraciones en materia de cuantía de las multas, como conducir con altas tasas de alcohol o bajo el consumo de drogas (hasta mil euros) o circular con inhibidores de radares (6.000 euros).

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