NewslettersRegístrateAPP
españaESPAÑAchileCHILEcolombiaCOLOMBIAusaUSAméxicoMÉXICOusa latinoUSA LATINOaméricaAMÉRICA

SOCIEDAD

¿Puedo cerrar la terraza de mi casa sin permiso de la comunidad? Esto dice la Ley de Propiedad Horizontal

Esto dice la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) sobre los cerramientos de terrazas y balcones en edificios con comunidades de propietarios.

Las habitaciones están equipadas con todas las comodidades además de contar con una terraza propia con vistas a la Selva Negra.
@oeschberghofInstagram

Las comunidades de propietarios tienen un sinfín de problemas entre sus vecinos. Uno de los más habituales es el cerramiento de terrazas y balcones que muchos propietarios hacen en sus viviendas, sobre todo para ganar espacio.

Esto dice la Ley de Propiedad Horizontal sobre las obras de los propietarios

La principal norma que hay que tener en cuenta con los cerramientos de terraza es la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) que, en su artículo siete, especifica que los propietarios en un edificio podrán “modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad”.

¿Y qué pasa con los cerramientos de terraza?

En principio, un propietario no puede cerrar la terraza sin permiso de la comunidad de vecinos. Según el artículo 10.3.b de la Ley de Propiedad Horizontal, se requiere aprobación por las tres quintas partes de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación.

Además, si hay algún propietario afectado por el cerramiento, este debe dar su consentimiento. Si se realiza el cerramiento sin autorización, la comunidad puede solicitar la demolición y la devolución de la terraza a su estado original, con indemnización por daños y perjuicios.

¿Qué pasos hay que dar para cerrar una terraza?

Para cerrar una terraza de uso privativo de forma legal hay que dar tres pasos:

  • Contar con el permiso de la comunidad de vecinos: van a modificar estética y estructura de los edificios. Aquí hay que atender también, a los estatutos de la misma y a si otros vecinos han hecho obras análogas a la nuestra.
  • Aportar un proyecto de cerramiento de terraza: con el diseño y materiales utilizados, firmado por un técnico competente y presentado ante el Ayuntamiento que corresponda.
  • Licencia municipal para cerrar una terraza: necesidad de aprobación por parte de la Corporación municipal.

¿Cuándo prescribe un cerramiento de terraza?

Los plazos de prescripción del cerramiento de una terraza van de los cuatro a los 10 años, dependiendo de las ordenanzas municipales de cada Ayuntamiento.

No obstante, si el cerramiento es inferior a 10 años, habrá que llevar a cabo un proyecto de legalización por parte de un técnico para poder solicitar la licencia pertinente en el Ayuntamiento. Además, será necesario abonar las tasas para este tipo de obras.

Si el cerramiento supere los 10 años, no habrá que solicitar una licencia, pero sí será necesario el proyecto de legalización por prescripción de infracción urbanística. Además, en ambos casos habrá que acudir a un notario y al Registro de la Propiedad para modificar la información sobre el inmueble.

Por último, en edificios con catalogación de patrimonio puede no poder acometerse el cerramiento de terrazas por incumplimiento de ordenanzas de protección del patrimonio específicas.

Respecto a las posibles sanciones, si estas acciones anteriores no se llevan a cabo, nos arriesgamos a multas por parte de la administración y demandas civiles por parte de la comunidad de propietarios y/o otros propietarios.

Normas