¿Puede un propietario pedir las cuentas de su comunidad de vecinos? Esto dice la Ley en España
Te contamos qué puedes hacer y qué no con las cuentas de la comunidad de vecinos en el caso de que seas propietario.

El normal devenir de una comunidad de vecinos en España conlleva determinadas suspicacias con los gastos y facturas que se realizan en el inmueble.
Ante esa tesitura, muchos propietarios se suelen preguntar si tienen derecho a ver las facturas de su comunidad de propietarios. La respuesta es sí, pero con matices.
Qué dice la Ley de Propiedad Horizontal
La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) establece que el administrador debe “custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad”, según indica el artículo 20.e).
Esto incluye facturas, presupuestos, justificantes de pago o extractos bancarios. Sin embargo, el propietario no puede exigirlos en cualquier momento ni revisar documentos sin control.
El acceso debe realizarse por los cauces adecuados y con fines justificados, especialmente para proteger los datos personales que puedan aparecer en las facturas. Esto debe ir en línea con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
Por ejemplo, sí entraría dentro de lo razonable la consulta de facturas de proveedores las contribuciones específicas de otros propietarios es una cuestión más sensible, que debe estar protegida siempre por el RGPD.
¿Tengo derecho a pedir y revisar las facturas?
El momento más habitual para revisar las facturas es durante la junta anual de propietarios, en la que se aprueban las cuentas del ejercicio. En esa reunión, cualquier vecino puede solicitar ver las facturas y justificantes que acrediten los gastos realizados.
También es posible solicitarlas fuera de la junta, si existe una razón fundada: por ejemplo, sospechas de una gestión irregular o falta de transparencia en los gastos.
En ese caso, se puede solicitar por escrito al presidente o al administrador, que deben facilitar el acceso en un plazo razonable.
¿Qué debe hacer el administrador?
El administrador o secretario-administrador está obligado a custodiar la documentación económica y facilitarla cuando sea necesario, siempre que la solicitud sea proporcionada y razonable, como se ha indicado anteriormente.
No obstante, no está obligado a entregar copias de todos los documentos a cada vecino, especialmente si contienen información sensible. Lo más habitual es permitir su consulta en el despacho del administrador o en la sede de la comunidad, y exhibirla ante el propietario que quiera revisar cualquier cuestión.
¿Cuándo pedir las facturas y gastos?
Las solicitudes deben estar motivadas. Algunos ejemplos:
- Dudas sobre la veracidad o el importe de ciertos gastos.
- Falta de información durante las juntas.
- Sospecha de irregularidades o mala gestión económica.
- Necesidad de justificar un gasto ante Hacienda o en un procedimiento legal.
En cualquier caso, no se trata de realizar una auditoría completa, sino de garantizar la transparencia en la gestión de los fondos comunes.
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Si un propietario considera que no se le permite el acceso a la información, puede, en última instancia, acudir a los tribunales.
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