¿Puede un peatón reservar una plaza de aparcamiento? Esto dice el Reglamento de la DGT
Aunque buscar un sitio para aparcar pueda resultar una experiencia frustrante, la normativa a deja claro que tanto los peatones como los conductores deben respetar las normas
La búsqueda de aparcamiento en áreas urbanas es un reto diario que pone a prueba la paciencia de los conductores. Las plazas libres escasean y, en algunos casos, la desesperación lleva a prácticas discutibles, como estacionar en doble fila o, incluso, pedir a un peatón que “guarde” una plaza vacía hasta la llegada del vehículo. Pero, ¿es legal que un peatón ocupe un espacio en la calzada para reservarlo?
Guardar una plaza
El Reglamento General de Circulación es claro al respecto. Según el artículo 122.6, los peatones no tienen permitido detenerse en la calzada ni en el arcén, salvo para acceder a un vehículo que esté ya a su altura. El Real Automóvil Club de España (RACE) enfatiza que los peatones deben permanecer en zonas peatonales o refugios y no ocupar el espacio vial. Bloquear una plaza para reservarla puede considerarse una infracción y acarrear una sanción de hasta 80 euros si la Policía interviene.
Ante un peatón bloqueando una plaza, el consejo para los conductores es evitar confrontaciones. Aunque pueda ser frustrante, la opción recomendada es solicitar la presencia de las autoridades. Los agentes pueden imponer una multa al peatón por invadir la calzada, una acción que constituye una infracción administrativa.
La regla de los dos minutos
Otra práctica frecuente es detenerse en doble fila, especialmente en zonas de colegios o en calles muy concurridas. Porque, aunque todos algunas veces corramos mucha prisa, la normativa de la Dirección General de Tráfico (DGT) establece que estacionar en doble fila es una infracción que puede sancionarse con una multa de 200 euros. Sin embargo, la regulación distingue entre “parada” y “estacionamiento”.
Detenerse brevemente en doble fila es permitido si se cumplen dos condiciones: el conductor debe permanecer dentro del vehículo y la parada no debe superar los dos minutos. Esta “regla de los dos minutos” permite una breve detención, siempre y cuando no se obstaculice el tráfico ni se genere un riesgo para otros conductores o peatones. En cuanto el conductor abandona el vehículo o excede ese tiempo, se considera estacionamiento, y la multa puede ascender a los 200 euros.
Aunque la necesidad de aparcamiento puede resultar apremiante, la normativa deja claro que tanto los peatones como los conductores deben respetar las normas. Las infracciones, ya sea reservar una plaza desde la calzada o estacionar en doble fila, pueden acarrear sanciones que buscan asegurar una convivencia más ordenada y segura en las vías urbanas.
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