Ni seguro de viaje ni reclamación a Renfe: las indemnizaciones poco conocidas que se pueden solicitar en los accidentes de tren
Las coberturas pueden alcanzar cifras que oscilan entre los 300.000 y los 750.000 euros por fallecimiento o invalidez permanente, e incluso superar el millón de euros en determinadas modalidades ‘oro’ o ‘platino’.

Tras el accidente de tren en Adamuz, y el accidente de hace unas horas en Gélida, desde ConfiLegal recuerdan un dato importante que también hay que tener en cuenta, más allá de lo más importante ahora mismo que es la recuperación de los cadáveres y el cuidado de los heridos.
Y es que afirman que además del seguro obligatorio de viajeros y de las posibles reclamaciones por responsabilidad civil, hay otra vía a tener en cuenta y reclamar: las indemnizaciones asociadas a las tarjetas de crédito con las que se compraron los billetes del tren.
“La mayoría de los pasajeros compra hoy sus títulos de transporte por internet, utilizando tarjetas de crédito o débito. Lo que pocos saben es que muchas de esas tarjetas incorporan, de forma automática, seguros de accidentes en viaje con capitales asegurados muy elevados.
En algunos casos, estas coberturas pueden alcanzar cifras que oscilan entre los 300.000 y los 750.000 euros por fallecimiento o invalidez permanente, e incluso superar el millón de euros en determinadas modalidades ‘oro’ o ‘platino’”, explica Fernando Blanco, socio director de B&A Blanco & Asociados Abogados, firma especializada en derecho de seguros y responsabilidad civil.
Una indemnización que se sumaría al seguro obligatorio de viajeros, que cubre a todos los pasajeros del transporte público, que se añade también a las posibles reclamaciones de responsabilidad civil de la empresa ferroviaria o del administrador de infraestructuras (Adif, Iryo, Alvia). “El resultado es que el importe total a percibir puede multiplicarse sin que las familias sean conscientes de ello”, añade Blanco.
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El Reglamento del Seguro Obligatorio de Viajeros de 1989 fue actualizado en 2014, a través Real Decreto 627/2014, de 18 de julio, de asistencia a las víctimas de accidentes ferroviarios y sus familiares. Se actualizó la cantidad a percibir por fallecimiento de 36.060,73 euros. euros a 72.121,46 euros.
Indemnizaciones por tarjetas de crédito
- La tarjeta del Banco Santander establece hasta 120.202,42 euros por fallecimiento o incapacidad permanente por los daños corporales sufridos. Además, se garantiza el pago de una indemnización igual a la suma de las facturas cargadas en cuenta por compras realizadas con su tarjeta débito Santander en los 12 meses previos a la fecha del accidente con un límite máximo de 6.010,12 euros. La tarjeta de débito de este banco incluye un límite de cobertura para este tipo de siniestros, como el de Adamuz, de hasta 120.000 euros. Las tarjetas de crédito oro y platino, llega hasta 600.000 y 1.200.000 euros.
- La tarjeta del BBVA garantiza, en sus tarjetas Visa Oro, hasta 750.000 euros.
- La tarjeta de American Express, en su modalidad común, contempla 450.000 euros de indemnización no sólo por el fallecimiento, también por la pérdida de ambas manos y ambos pies, por la pérdida de la visión; 225.000 euros por la pérdida de una mano, o un pie, o un ojo.
- La indemnización por fallecimiento relacionada con una tarjeta Caixabank depende del seguro específico vinculado a esa tarjeta, que suele ser un seguro de vida o accidentes incluido con productos como la Visa Oro, cubriendo capital asegurado (hasta 360.000€ en Visa Oro).
- Si el billete de tren se compró con una tarjeta de ING, la indemnización depende del tipo de seguro asociado (vida, viaje, compra), pero generalmente cubre fallecimiento e invalidez, con capitales que se calculan sobre los débitos de los 12 meses anteriores (con topes) o un capital fijo, además de seguros de viaje (retrasos, equipaje) y protección de compras online, todo regido por pólizas específicas como la de “Protección Naranja” o “Cobertura Extra”.
- En el caso de haber comprado con una tarjeta de BBVA, “los accidentes que puedan sufrir los Asegurados en el transcurso de un viaje por ferrocarril”, como en este caso, en caso de fallecimiento por accidente 760.000 €; para aquellos Asegurados menores de 14 años fallecidos en accidente, los beneficiarios percibirán solamente 3.000 € en concepto de compensación de gastos de sepelio. En caso de Incapacidad Permanente Absoluta, serán vinculantes las resoluciones adoptadas por la Seguridad Social, así como las sentencias judiciales en firme hasta 760.000 €.
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