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Miriam Ruiz, abogada experta en Seguridad Social: “Si has cotizado en varios países, en muchas ocasiones no puedes totalizar los periodos”

La abogada expuso el caso de un trabajador con nueve años y medios cotizados en España, tres en Reino Unido y siete en Ecuador, que no pudo totalizar los periodos.

Miriam Ruiz, abogada experta en Seguridad Social: “Si has cotizado en varios países, en muchas ocasiones no puedes totalizar los periodos”
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Son 15 años el mínimo exigido por ley en España para percibir la pensión contributiva que, en este 2026, su media es de 1.552,32 euros mensuales tras la revalorización del 2,7% conforme al IPC, es decir, un incremento de unos 571,35 euros en comparación al último año.

El periodo de cotización exigido para acceder a una pensión de jubilación en España para este 2026 es de 38 años y tres meses o más si se desea acceder a la misma con 65 años. De no alcanzar esa cotización, la edad de retiro se situará en los 66 años y 10 meses. Un caso destacado es el de los trabajadores que, por diferentes circunstancias, acumulan periodos de cotización en diferentes países.

La abogada experta en Seguridad Social, Miriam Ruiz, recomendó a todo aquel que se encuentre en esa situación lograr asesoramiento antes de tomar una decisión. “Si has cotizado en varios países, en muchas ocasiones no puedes totalizar los periodos”. De hecho, expuso el caso de un trabajador que cotizó nueve años y medio en España, tres en Reino Unido y siete en Ecuador.

Caso en cuestión

España cuenta con un convenio concreto en materia de Seguridad Social con Reino Unido, y tiene otro distinto con Ecuador, de modo que el empleado que quería percibir la pensión de jubilación en nuestro país, solo podía totalizar, por un lado, los periodos de cotización entre España y Reino Unido, y por otro, los existentes entre España y Ecuador, según relató la abogada.

@compromisolegal

Email: info@compromisolegal.es WhatsApp: 640 664 875 Pensión de jubilación con cotizaciones de otro país. Totalización de periodos #pension #jubilacion #abogadapensiones #viral #parati

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La abogada contó que la Seguridad Social abrió dos expedientes diferentes. Uno con los periodos de totalización con Reino Unido, y otro con la totalización de periodos con Ecuador. Al resolverse en primer lugar el existente entre España y Reino Unido, sumaba solo 12,5 años, es decir, no alcanzaba el mínimo exigido en nuestro país para percibir la pensión.

Al ser denegado su expediente, la abogada reveló que el trabajador presentó una demanda frente a esa resolución de negatoria, alegando que la suma total de los periodos cotizados en los tres países, sí que hubiera alcanzado el mínimo exigido por ley, aunque también que fue denegada. En resumen, no pudo totalizar los tres periodos al existir diferentes convenios entre países.

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Aun así, Ruiz manifestó que, de haberse resuelto primero el expediente sobre la cotización total entre España y Ecuador, el empleado sí hubiese alcanzado el mínimo exigido para percibir la pensión. “Lo aconsejable es buscar asesoramiento. Os puede ahorrar mucho tiempo y dinero”.

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