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Los países que te permiten obtener la nacionalidad española automática si eres hijo de emigrante

Aquellos que cumplen en la actualidad las condiciones establecidas son: Bolivia, Argentina, Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba, Cabo Verde, Guinea Bissau, Perú, Panamá, Paraguay, Uruguay, Portugal y Santo Tomé y Príncipe.

Los países que te permiten obtener la nacionalidad española automática si eres hijo de emigrante
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Para que los ciudadanos obtengan la nacionalidad, todos los países se encargan de establecer una serie de requisitos. España, no se queda atrás: el Código Civil es el encargado de recoger cómo se puede conseguir la nacionalidad española.

En su artículo 17, el Código Civil detalla que, entre otras opciones, se otorga la nacionalidad a “los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecieran de nacionalidad o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad”.

Ciudadanía española por simple presunción

No obstante, esto no sucede en todos los casos. Solo los recién nacidos, cuyos progenitores procedan de determinados países, tienen derecho a conseguir la nacionalidad. Conocido como ciudadanía española por simple presunción, conviene señalar que solo se da con algunos países.

Actualmente, son 14 los países que ‘dan’ esta nacionalidad española a los recién nacidos. Para ello, ambos progenitores deben proceder de alguno de ellos. Mientras que procedan de algunos de los que forman la siguiente lista, no es necesario que los dos sean del mismo país.

La lista al completo

Estos son:

  • Brasil.
  • Argentina.
  • Bolivia.
  • Guinea-Bissau.
  • Panamá.
  • Paraguay.
  • Colombia
  • Cabo Verde.
  • Santo Tomé y Príncipe.
  • Uruguay.
  • Costa Rica.
  • Cuba.
  • Perú.
  • Portugal.

Excepciones

Ahora bien, existen varias excepciones por las que los recién nacidos pueden conseguir la nacionalidad española. Son tres casos. En el caso de Ecuador, la ciudadanía española solo se concede a los nacidos de padres ecuatorianos antes del 20 de febrero de 2008.

En Marruecos, se concede la nacionalidad a los hijos de las mujeres que sean de nacionalidad marroquí y siempre que el padre proceda de alguno de los anteriores países de la lista. Por último, en el caso Palestina, hay que consultar de manera detallada debido a la complejidad de la legislación.

Procedimiento

La solicitud de nacionalidad española por simple presunción o nacimiento, cabe destacar, se debe tramitar directamente en las oficinas del registro civil en el que se vaya a inscribir al hijo. Eso sí, la solicitud de pasaporte o la expedición del DNI español no se podrá tramitar hasta que se resuelva el expediente para la obtención de la nacionalidad.

Al escrito de solicitud deben añadirse los documentos que acrediten que se cumplen los requisitos legales, los cuales son:

  • Certificado de empadronamiento del solicitante.
  • Certificado literal de nacimiento del menor.
  • Certificado consular que acredite la nacionalidad de los progenitores.
  • Certificado del consulado donde figure la ley personal del país sobre los nacidos en el extranjero.
  • Certificado consular de no atribución de la nacionalidad de los progenitores al menor.
  • Tarjeta de residencia o pasaporte en vigor de los progenitores. Este documento se solicita para poder acreditar la identidad, debido a que no se exige que los padres tengan permiso de residencia en España.

En cualquier caso, el mejor consejo para todos aquellos que se encuentren en una situación similar es consultar cada detalle de la legislación propia y actualizada de cada país. Sí, más que otra cosa para saber de primera mano si se tiene derecho a ejercitar esta opción.

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