Los españoles que podrán solicitar la pensión de jubilación de la Seguridad Social con 55 años en 2025
La seguridad social permite a ciertos trabajadores jubilarse a los 55 años, una década antes de lo que marca el marco legal. Eso sí, este retiro anticipado podrá ser concedido siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos.
Actualmente, España se encuentra en un proceso de actualización del sistema de pensiones vigente. Por tanto, según lo articulado por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, la edad de jubilación irá aumentando hasta los 67 años en el año 2027. Este proceso irá en detrimento de dos meses al año hasta que el sujeto alcance la nueva edad objetivo.
España sitúa la edad legal para la jubilación ordinaria a los 66 años y 6 meses para aquellas personas que hayan cotizado menos de 38 años y a los 65 años para quiénes hayan cotizado durante más tiempo. Aun así, hay posibilidades por la que alguna clase de trabajadores pueden jubilarse a la edad de 55 años, siempre y cuando cumplan una serie de requisitos marcados por la Seguridad Social. Aquellos trabajadores que hayan desempeñado algún oficio relacionado con la tauromaquia, ya sea rejoneadores, picaderos, toreros o cualquier otro oficio relacionado. Además, también podrán solicitar la jubilación a los 55 años, las personas que estén cobrando una pensión por incapacidad permanente, es decir, que no puedan realizar las actividades esenciales diarias.
¿Qué requisitos tengo que cumplir si soy incapacitado y quiero jubilarme a los 55 años?
Pues bien, las personas que no puedan realizar las actividades diarias esenciales y se encuentren cobrando una pensión por incapacidad severa, podrán solicitar la jubilación prematura sin tener que cumplir con la edad de jubilación fijada. Eso sí, este grupo de trabajadores deberá elegir si cobrar la pensión por incapacidad o la cuantía que el Estado le ofrece por la jubilación. De igual manera, para aquellas personas que hayan estado relacionadas a lo largo de su trayectoria profesional con la tauromaquia, también podrán solicitar remuneración por la jubilación anticipada.
¿Si me jubilo con 55 años, puedo cobrar el 100% de la cuantía?
Aunque parezca contraproducente, los trabajadores que acrediten con antelación su condición de incapacidad o que desempeñen algún oficio relacionado con la tauromaquia, podrán solicitar la jubilación anticipada a los 55 años, sin que repercuta en la retribución que cobrarán en los años adelantados a esta condición, es decir podrán recibir el 100% de la prestación por jubilación.
Además, también podrán ejercer el derecho a solicitar la jubilación anticipada a los 55 años aquellas personas que hayan sido diagnosticadas con alguna enfermedad grave, como Síndrome de Down, ELA, Trastorno de Autista o cualquier otra enfermedad grave identificada por los servicios sanitarios.
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