Los alimentos prohibidos que no pueden comer tus mascotas con la nueva Ley de Bienestar Animal
Los dueños de los animales están obligados a darles una correcta alimentación que no contenga vísceras, cadáveres y otros despojos de animales.
La nueva Ley de Bienestar Animal, que entrará en vigor a partir del viernes 29 de septiembre (seis meses después de su publicación en el BOE), traerán consigo diferentes novedades a tener en cuenta.
La alimentación es una regla básica en la vida de los seres humanos, y en respecto a los animales siempre les hemos alimentado con piensos especiales para ellos, con otros alimentos procedentes de las sobras o con otros animales que ya están muertos. Con la entrada en vigor de la Ley de Bienestar Animal, los dueños de los animales tendrán prohibido alimentar a sus mascotas con vísceras, cadáveres y otros despojos de animales que no hayan superado ciertos controles sanitarios, ni se podrá usarlos como reclamo, recompensa o premio.
De esta forma, la nueva legislación se asegura de que los dueños de los animales estén obligados y comprometidos a garantizarles a sus macotas una correcta alimentación, que no perjudique a la salud del animal.
Otras obligaciones
La nueva Ley de Bienestar Animal no solo afecta al ámbito alimenticio de los animales, sino que los dueños de los animales están obligados a cumplir otras medidas como el sacrificio de animales abandonados o eutanasia por extrema necesidad y bajo supervisión veterinaria, la prohibición del abandono de animales, su venta o compra, o el dejar a su mascota sin supervisar por mas de 24 horas. El incumplimiento de todas estas medidas recogidas en el BOE, puede acarrear sanciones con pena de cárcel.
Del mismo modo queda prohibido emplear animales en espectáculos públicos, en actividades artísticas turísticas o publicitarias, que les causen angustia, dolor o sufrimiento, aunque se quedan fuera los espectáculos taurinos.
Acceso sin restricciones
Una vez entre en vigor la norma, se podrá acceder con animales de compañía a los medios de transporte, establecimientos y espacios públicos, en establecimientos públicos y privados, los alojamientos hoteleros, restaurantes y bares. Del mismo modo, accederán a edificios y dependencias públicas y a los albergues, refugios, centros asistenciales destinados a la atención de personas en riesgo de exclusión social, personas sin hogar o víctimas de violencia de género.
Otra de las novedades de esta ley es el hecho de que para poder tener un perro se deberá realizar un curso de formación, cuya validez es indefinida y durante toda la vida del animal su titular deberá tener en vigor un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, ambas cuestiones están pendientes de la aprobación del reglamento.