Le despiden por faltar al trabajo y acaba siendo indemnizado: la empresa no le indicó a dónde ir al volver de una baja médica
Un juzgado considera improcedente el despido al no quedar acreditado que el trabajador supiera a qué centro debía reincorporarse tras el alta.

Un trabajador que fue despedido por no acudir a su puesto tras recibir el alta médica ha terminado siendo indemnizado después de que un juzgado considerara que la empresa no actuó correctamente.
El caso ha sido analizado por el abogado laboralista Juanma Lorente, a través de un vídeo publicado en TikTok, red social en la que cuenta con más de medio millón de seguidores. El abogado subraya que se trata de una situación “particular”.
@juanmalorentelaboralista ❌ ¿Te pueden despedir por no ir al trabajo tras una baja médica? Depende… y esta sentencia lo deja muy claro. Un trabajador fue despedido por faltas de asistencia, pero el despido se declaró IMPROCEDENTE. ¿Por qué? 👉 Porque la empresa nunca le comunicó formalmente a qué centro o puesto debía reincorporarse tras el alta médica. 📌 Los tribunales lo tienen claro: • El trabajador tiene obligación de acudir a su puesto. • Pero la empresa tiene el deber previo de informar de forma clara y fehaciente dónde y cuándo debe reincorporarse. • Si no lo hace, no puede sancionar ni despedir por ausencias. ⚖️ Resultado: 💰 5.654,69 € de indemnización por despido improcedente. 📚 Base legal: • Art. 54 ET (despido disciplinario). • Principio de culpabilidad y buena fe contractual. 👉 Si tras una baja médica tu empresa no te ha dado instrucciones claras y te han sancionado o despedido, ojo, porque puede ser improcedente. 📩 Guarda este post si estás de baja o has pasado por algo parecido. 📤 Compártelo con quien pueda necesitarlo. ✍️ Escríbeme “CONSULTA” y revisamos tu caso. #trabajo #laboralista #DESPIDO #bajamedica #altamedica
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Según relata el letrado, el empleado llevaba un largo periodo de baja médica. El día en que recibió el alta, debía reincorporarse a su puesto. Sin embargo, la empresa no le comunicó a qué centro de trabajo tenía que acudir.
Al parecer, el trabajador no tenía un único destino fijo, sino que podía ser asignado a distintos centros o ubicaciones. Ante la falta de instrucciones claras sobre dónde debía presentarse, no acudió a ningún centro concreto. La empresa interpretó esa ausencia como una falta injustificada y procedió a su despido disciplinario.
El juzgado cuestiona la actuación de la empresa
El conflicto llegó a los tribunales, donde el juzgado analizó si realmente podía considerarse que el trabajador había incumplido su obligación de reincorporarse. La clave estuvo en la falta de comunicación por parte de la empresa.
Si la empresa no indicó ni el lugar, ni la forma, ni el momento concreto de la reincorporación, no podía imputarle una ausencia injustificada. En consecuencia, la sentencia concluyó el despido como improcedente, lo que obligó a la empresa a indemnizar al trabajador con 5.654,69 euros.
Cuando Lorente explica el caso, insiste en que se trata de una situación excepcional y advierte que, en circunstancias normales, faltar al trabajo tras el alta médica puede acarrear un despido sin derecho a indemnización.
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No obstante, recalca que el empleado debe ponerse a disposición de la empresa y que esta, a su vez, tiene la obligación de facilitar instrucciones claras sobre la reincorporación.
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