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PENSIONES

Las fechas de cobro de la pensión en agosto de 2024: ¿cuándo se cobra la jubilación según el banco?

Los bancos suelen adelantar el cobro de las prestaciones una semana antes. Todos los detalles, a continuación.

Las fechas de cobro de la pensión en agosto de 2024: ¿cuándo se cobra la jubilación según el banco?
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Este mes de agosto será el octavo en el que los jubilados cobren su pensión de la Seguridad Social en este 2024. Un pago que viene marcado por el aumento de las pensiones que aprobó el Gobierno de España a finales del año pasado y que aplicará a lo largo de estos 12 meses.

En este sentido, las pensiones de jubilación suben este 2024 un 3,8%, las pensiones no contributivas junto al Ingreso Mínimo (IMV), un 6,9%, y, por último, las de viudedad, un 14,1%. El aumento de las pensiones traducido en euros muestra que la pensión media de jubilación es de 734 euros al año, 52 euros al mes.

Aspectos destacados

Como es habitual, muchas personas se preguntan cuando recibirán el dinero. A priori, la norma dice que será el primer día hábil del mes en el que se realiza el pago -a mes vencido- y siempre antes del cuarto día natural del mismo. Es decir, se abonan las pensiones a las entidades bancarias entre los días 1 y 4 de cada mes.

Sin embargo, lo más habitual es que los pensionistas vean el ingreso en sus cuentas corrientes antes de esas fecha. ¿La explicación? Está clara: los bancos y las cajas suelen adelantar varios días el pago de la Seguridad Social a sus clientes.

Previsiones

En este listado se pueden consultar las fechas de abono previstas para las diversas entidades bancarias:

  • Bankinter: 22 de agosto.
  • CaixaBank: 23 de agosto.
  • Unicaja Banco: 23 de agosto.
  • BBVA: 26 de agosto.
  • Banco Santander: 23 de agosto.
  • Banco Sabadell: 26 de agosto.
  • Laboral Kutxa: 26 de agosto.
  • EVO Banco: 27 de agosto.
  • PiBank: 1 de septiembre.
  • Ibercaja: 26 de agosto.
  • ING: 26 de agosto.
  • Abanca: 26 de agosto.

A tener en cuenta

¿Y qué pasa si un pensionista no ha recibido su pensión en el mes correspondiente? Pues bien, que es necesario esperar hasta la fecha límite establecida por la Seguridad Social -esta vez el 4 de septiembre-. Si para esa fecha el ingreso no se ha llevado a cabo, es conveniente presentar una reclamación ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Este proceso se puede ejecutar por internet, accediendo a la Sede Electrónica de la Seguridad Social, en la sección de “sugerencias y quejas”. Acto seguido, el usuario deberá identificarse y completar un formulario para reportar el no cobro de la pensión. Tras la presentación de la reclamación, la Seguridad Social dispone de un plazo de 3 días para responder.

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