Sociedad

Las ‘cartas del miedo’ que Hacienda ya está enviando a miles de contribuyentes en España por la Renta con recargos del 20%

Muchas de las notificaciones que llegan ahora a los contribuyentes solo piden la comprobación de ciertos detalles.

Las ‘cartas del miedo’ que Hacienda ya está enviando a miles de contribuyentes en España por la Renta con recargos del 20%
Mario Espinosa de los Monteros
De El Ejido (Almería), estudió periodismo en Málaga y trabajó en Cope y La Opinión de Málaga. En Madrid hizo un máster en periodismo internacional. Inquieto por naturaleza, le interesa la geopolítica, la exploración, la aventura y el conflicto de Israel y Palestina. Hizo los cursos de periodismo de viajes de El País y de televisión de Atresmedia.
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Tal y como explicamos hace unos días, 1,7 millones de contribuyentes todavía no ha recibido el dinero que le debe Hacienda por la Renta 2024. Según adelantaba Libertad Digital, las devoluciones que todavía no ha hecho Haciendo afectan al 11% de las personas que presentaron la última declaración.

En estos casos, y especialmente en los meses de octubre, noviembre y diciembre, comienzan a llegar a los contribuyentes las llamadas ‘cartas del miedo’, esas notificaciones de Hacienda que nos hacen preocuparnos nada más verlas. Pero podemos respirar tranquilos, porque un toque de atención de la Agencia Tributaria no siempre es negativo.

En la mayoría de ocasiones, las ‘cartas del miedo’ solo intentar regularizar la situación de algunos contribuyentes, o simplemente piden la comprobación de algunos datos o detalles que se presentaron en la declaración. Muchas veces se tratan de simples aclaraciones.

Estas cartas suelen recibirse por correo postal, pero también a través de un SMS en nuestros móviles.

En todo caso, las cartas también pueden avisar al contribuyente de que todavía no ha pagado su deuda con Hacienda tras el resultado final de la declaración.

En estos casos, si el contribuyente paga la deuda de forma voluntaria, solo afronta un 5% de recargo sobre el importe. Pero, si llega la verdadera ‘carta del miedo’, el recargo puede ser de hasta el 20% de la deuda. Los recargos son los siguientes:

Tipos de recargo de hacienda:

  • Recargo ejecutivo: es el 5% del importe principal de la deuda y se aplicará cuando se pague la totalidad de la deuda no ingresada en período voluntario antes de la notificación de la providencia de apremio.
  • Recargo de apremio reducido: es el 10% del importe principal de la deuda y se aplicará cuando se pague la totalidad de la deuda no ingresada en período voluntario y el propio recargo del 10% antes de la finalización del plazo que se concede con la notificación de la providencia de apremio.
  • Recargo de apremio: es el 20% del importe principal de la deuda y se aplicará cuando no se ha ingresado la deuda y el recargo reducido en su totalidad en el plazo concedido. Además, tendrán que pagarse intereses de demora desde el día en que acabó el plazo para pagar en la fase voluntaria hasta el día en que, efectivamente, se ingrese. Esta exigencia de intereses no se notifica expresamente, ya que la obligación de pagar se comunicó en la notificación de la providencia de apremio.

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