Sociedad

La Ley de Propiedad Horizontal lo confirma: si te cae agua de tu vecino a tu terraza, puedes apelar al artículo 7.2

Puede suceder que haya goteo de agua desde una terraza o balcón al piso inmediatamente inferior. La LPH indica cómo actuar en estos casos entre propietarios o inquilinos.

Beautiful luxury Balcony and Terrace exterior of building - Vintage Filter
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Rafael Escobar
Nació en Madrid en 1989. Doble licenciado en Periodismo y Comunicación Audiovisual, con Máster en Periodismo Multimedia Profesional. Becario en El Mundo, Servimedia, EFE y AS. Desde 2013, AS es su casa, con un paso en 2015 por la revista digital Marca Plus. En As, ha pasado por Cierre y actualmente es redactor de la sección de Actualidad.
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Es una situación común en una urbanización, especialmente en aquellas comunidades de vecinos donde hay terrazas o balcones. En estos espacios se suele tender, se suele utilizar agua, puede haber plantas que hay que regar… En definitiva, es un espacio donde el propietario o inquilino emplea el agua y puede acabar molestando a su vecino de abajo.

Porque también es corriente que el agua caiga al vecino que vive debajo, provocándole una molestia, un peligro o incluso un desperfecto en forma de humedad. La cuestión aquí es cómo actuar, cómo atajar el problema para que no vuelva a suceder y cada uno viva en su terraza sin la menor molestia.

Lo habitual y lo primero que se suele hacer es acudir y hablar con el vecino para intentar que el agua no vuelva a caer más a la terraza inferior, pero eso no siempre funciona. Por eso, cuando la diplomacia no surte efecto, hay que acudir a la ley. Y en esto la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) da respuesta en su artículo 7.2, donde explica cómo proceder en caso de que experimentemos este problema.

Artículo 7.2 LPH:

“Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas”.

La literalidad del artículo no habla de goteo o derrame de agua a la terraza del vecino de abajo, pero se entiende que este hecho supone una actividad molesta, insalubre e incluso peligrosa para el propietario o inquilino que reside en esa vivienda. Es molesto que gotee agua en repetidas ocasiones; es insalubre puesto que puede generar malos olores el continuo goteo de agua; y es peligroso ya que puede generar alguna humedad que luego va a necesitar reparación y pintura.

¿Qué dicen los estatutos de la comunidad?

Asimismo, además de la Ley de Propiedad Horizontal, habría que mirar los estatutos de cada comunidad de vecinos, que no sería de extrañar que hayan reflejado estas eventualidades en su redacción, especialmente en las comunidades donde haya terrazas o balcones, muy habitual especialmente en urbanizaciones de nueva construcción.

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Los estatutos en este caso pueden dejar claro cómo actuar en caso de que un vecino derrame agua sobre la terraza del piso de abajo. En última instancia, si los estatutos no lo recogen y la LPH deja dudas, lo suyo será consultarlo en una junta de vecinos y entre todos acordar cómo operar ante estas situaciones.

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