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La DGT lo confirma: los usuarios de patinetes eléctricos deben hacer estos dos trámites bajo riesgo de sanción de 800 euros

El nuevo registro nacional obliga a inscribir los vehículos de movilidad personal y contratar un seguro obligatorio.

La DGT lo confirma: los usuarios de patinetes eléctricos deben hacer estos dos trámites bajo riesgo de sanción de 800 euros
David Cuéllar
Becario de Actualidad en As
Licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid y actualmente estudiante del Máster en Periodismo Multimedia Profesional en la misma institución, su trayectoria académica y profesional está marcada por una pasión por la escritura que le acompaña desde la infancia.
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Uno de los medios de transporte más utilizados en España actualmente son los patinetes eléctricos. Si eres usuario habitual, ahora tendrás que realizar un trámite obligatorio si no quieres enfrentarte a multas de hasta 800 euros. En este país se estima que cuatro millones de personas utilizan patinetes.

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un real decreto que regula el funcionamiento del Registro de Vehículos Personales Ligeros, estableciendo la obligación de inscribir los vehículos de movilidad personal (VMP), más conocidos como patinetes, en el Registro Nacional de Vehículos de la Dirección General de Tráfico (DGT).

Una vez obtenido el certificado de inscripción, el titular adquirirá una etiqueta identificativa que deberá colocar en el patinete.

Todos los propietarios deberán realizar este registro e inscripción previa si quieren obtener un seguro obligatorio. Este trámite podrá hacerse de forma telemática a través de la web de la DGT, y también se ofrecerá ayuda mediante el teléfono 060para completar el proceso.

Actualmente existen dos tipos de VMP: los que cuentan con certificado de circulación y los que no.

Cambio de titular

Al igual que ocurre con otros vehículos, si el patinete cambia de titular y está inscrito, el nuevo propietario deberá solicitar el cambio en un plazo de treinta días, acompañado siempre de la documentación oficial correspondiente.

Una vez realizado el trámite, Tráfico expedirá un nuevo certificado digital a nombre del nuevo titular, aunque el número de identificación se conservará.

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Desde la DGT advierten que circular sin este trámite puede conllevar sanciones de entre 202 y 610 euros, y hacerlo sin seguro puede acarrear multas de entre 250 y 800 euros, dependiendo de si se considera vehículo personal ligero o vehículo a motor (más de 25 kg de peso y más de 14 km/h), según la Ley del Seguro.

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