La DGT endurece los radares: así serán ahora
El margen de error de los radares fijos se reduce al 3%, y al 5% para radares móviles. Las multas oscilan entre los 100 y los 600 euros.
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha apostado por estrechar el cerco sobre los conductores que exceden los límites de velocidad establecidos para cada tipo de vía. Por ello, se han actualizado los márgenes de error establecidos para los radares tanto fijos como móviles.
En el caso de los primeros, el margen anterior de los radares fijos era del 5%, es decir, unos 5 km/h tanto en autovía como en autopista, mientras que el porcentaje ascendía hasta el 7% para radares móviles en este tipo de carreteras. Sin embargo, con la nueva actualización, los porcentajes se reducen al 3% y al 5%, respectivamente. También sucede lo mismo con los radares instalados en helicópteros.
Con respecto a estos, la cifra de error es también del 3%. En su web, la DGT hace hincapié en la importancia de respetar los límites de velocidad establecidos. “Para poder circular de una manera segura es importante que todos conozcamos y cumplamos con las normas de circulación. La normativa sobre tráfico no sólo se aplica a los conductores de vehículos, sino a todos los usuarios de la vía, como peatones o ciclistas.
Por exceso de velocidad, las multas decretadas por la DGT oscilan en una horquilla entre los 100 y los 600 euros en función de si la sanción se considera como grave o como muy grave. Además, pueden costarle al infractor entre dos y seis puntos del carné de conducir. Según el organismo dependiente del Ministerio del Interior, dos de cada tres sanciones en vías interurbana están directamente relacionadas con la velocidad excesiva.
La multa de la DGT que puede ascender a 20.000 euros
Si circulas sin seguro, o con un seguro caducado, puedes recibir una multa que va desde los 601 euros hasta los 3.005. Por otro lado, si viajas con un inhibidor de radar y las autoridades te pillan, la multa asciende hasta los 6.000 euros. Estas pueden incrementarse hasta los 20.000 si se producen escenarios como el cambio de la señalización de una carretera o hacer obras en la vía sin señalización.
En caso de conducir con los cristales sucios, puede ser considerado como una infracción leve y acarrear una sanción de hasta 200 euros. Sin embargo, en este caso la sanción queda a la libre interpretación de los agentes de seguridad que detengan tu vehículo, que incluso podrán multarte si el parabrisas, el espejo retrovisor interior o el exterior también están sucios.