¿Qué es la teoría del ‘beso robado’? La condena a la que podría enfrentarse Errejón tras la denuncia de Elisa Mouliaá
La denuncia ha recaído en el juez Adolfo Carretero, titular del Juzgado de Instrucción nº47 de Madrid. El exdiputado de Sumar podría enfrentarse a un delito de entre uno y cuatro años.
Íñigo Errejón anunció hace poco más de 24 horas su decisión de dejar su escaño en el Congreso y, posteriormente, la política activa. Posteriormente, se publicaron en redes sociales comentarios en los que se le acusaba de acoso sexual.
Pocas horas después de conocerse su dimisión, la actriz madrileña Elisa Mouliaá acusó al ya expolítico de presunto “acoso sexual”. “Quiero denunciarlo”, dijo en X. Posteriormente, presentó la denuncia ante la ante la Unidad de Atención a la Familia y Mujer (UFAM) de la Policía Nacional. Después, el recurso recayó en el Juzgado de Instrucción nº47 de Madrid, del que es titular el juez Adolfo Carretero.
En ella, la actriz relata que los hechos tuvieron lugar a finales de septiembre de 2021 tras la presentación del libro del político. Fue Mouliaá quien invitó “por educación” al exportavoz de Sumar a casa de unos amigos, en la que se organizó “una fiesta que organizaba su amiga y su novio”. La actriz dijo que, durante el trayecto a la fiesta, Errejón tomó una “actitud dominante” e impuso “tres reglas”: “que no se alejase mucho de él”, que si lo hacía, que “no fuese a más de 20 metros de él y regresase en un minuto”, y que “esa noche le diera un beso”.
Teoría del ‘beso robado’
Unos hechos, según fuentes jurídicas consultadas por Europa Press, serían constitutivos de delito de agresión sexual, tal y como aparece tipificado en el artículo 178 del Código Penal. En una sentencia reciente del Tribunal Supremo, se confirmó una condena a un agente de policía que dio un beso a una detenida sin que hubiera consentimiento.
“Como ‘beso robado’ integra la condena en su momento por abuso sexual y en la actualidad por agresión sexual”, destacaba la condena. “Resulta evidente que el contacto fugaz de un beso no consentido supone una invasión corporal del autor sobre la víctima que no está obligada a admitir actos sobre su cuerpo de contenido sexual como puede ser un beso inconsentido en su cara”, expone la Sala de lo Penal.
Posible pena de prisión de entre uno y cuatro años
Según ha informado LaSexta, el cofundador de Podemos se enfrentaría a tres posibles delitos, o a uno continuado, en función de la tipificación que decida hacer el juez. A Errejón se le aplicaría el Código Penal de 1995, dado que era el que estaba vigente en el momento que tuvieron los hechos, y anterior al que modificó la conocida ley del ‘Solo Sí es Sí’, que entró en vigor un año más tarde, en octubre de 2022.
El Código Penal de 1995 recoge en su artículo 178 una pena de prisión de entre uno y cuatro años para un delito de agresión sexual. “Será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años, como responsable de agresión sexual, el que realice cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento”.
El periodo se amplía a un máximo de cinco años, en lugar de cuatro, en el caso de que la agresión “se hubiera cometido empleando violencia o intimidación o sobre una víctima que tenga anulada por cualquier causa su voluntad”. El Código Penal anterior también especificaba en el primer punto del artículo 178 que sólo se entenderá que hay consentimiento “cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona”.
“Parece mentira que me esté pasando esto contigo”
Además, en la denuncia, la actriz manifestó que Errejón “le agarra fuertemente de la cintura” y la comienza a besar “introduciéndole su lengua en el interior de su boca, dejándola sin respiración y de una forma violenta”. También denunció que “introdujo en una habitación de la casa” a la actriz.
Allí, “cerró con pestillo” y la empezó a “besar y tocar por distintas partes de su cuerpo, sobre todo en la zona del pecho y el glúteo” sin su consentimiento. Afirmó que se sintió “paralizada” y que se encontraba “incómoda”. Además, le espetó lo siguiente. “Parece mentira que me esté pasando esto contigo”.
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