Sociedad

La advertencia del Ministerio de Hacienda sobre la declaración de cobros recibidos: “Los bancos van a tener que comunicar a la AT”

El ministerio recuerda que la medida relativa a los movimientos de dinero a través de Bizum afectará únicamente a empresarios y profesionales.

La advertencia del Ministerio de Hacienda sobre la declaración de cobros recibidos: “Los bancos van a tener que comunicar a la AT”
Ministerio de Hacienda
Raúl Izquierdo
Nació en Villanueva de Alcardete en 1990. De La Mancha al Diario AS. Graduado en Periodismo y Comunicación Audiovisual, siempre tuvo claro que lo suyo eran las letras. Antes de formar parte de AS pasó por Marca Plus, Grupo V y Marca. En 2019 llega a AS y, tras pasar por la web, la pandemia le coloca en Actualidad. La fotografía, su otra afición.
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La llegada de un nuevo año es sinónimo de cambios. Empezar una vida más sana, apuntarse al gimnasio o aprender algún nuevo idioma están entre los más comunes. Pero también es algo que afecta no solo a nivel de ciudadanos, sino también de organizaciones. Es el caso, por ejemplo, de la entrada de las famosas balizas V-16, que desde el 1 de enero de 2026 serán el único sistema de señalización de emergencias en carretera.

Pero no es el único cambio. En las últimas semanas se ha vuelto viral un cambio en un sistema de pago que muchos utilizan en su día a día: Bizum. Este proveedor de servicios de pago contará con una novedad con la llegada del nuevo año, pero no afectará a los ciudadanos de a pie. Un extremo confirmado desde el Ministerio de Hacienda, que ha emitido una nota aclaratoria al respecto de si todos los movimientos serían comunicados por el banco.

“Lo que de verdad va a pasar a partir de febrero de 2026 es que los bancos van a tener que comunicar a la Agencia Tributaria los bizums que hagan los empresarios y profesionales. A ti, como particular, no te afecta en nada”, explican desde el ministerio.

El cambio, apunta el Ministerio de Hacienda, es que las entidades bancarias deberán informar a la Agencia Tributaria de la facturación acumulada en cada mes y realizada a través de Bizum por profesionales y empresarios. Una medida aprobada en el curso de este año, durante el mes de abril. La información será transmitida de forma acumulada y no operación a operación.

Información que deben suministrar los bancos

  1. La identificación completa de los empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de Bizum o sistemas equivalentes
  2. Número de comercio con el que operan
  3. Terminales de venta
  4. Importe mensual facturado con Bizum
  5. Identificación de las cuentas bancarias o de pago a través de las que se efectúen los cobros por parte de los empresarios y profesionales

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Y, para despejar toda duda, confirman que no deberán declararse los movimientos de dinero entre particulares. “Solo deben declararse los cobros recibidos por empresarios y profesionales establecidos en España. Quedan así excluidos los cobros entre particulares”.

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