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Juanma Lorente, abogado laboralista, sobre los descansos en festivos: “Estáis todos equivocados”

El letrado aclara una sentencia del Tribunal Supremo y advierte de que no existe una compensación automática cuando el descanso coincide con un día festivo.

Juanma Lorente, abogado laboralista, sobre los descansos en festivos: “Estáis todos equivocados”
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Los descansos laborales que coinciden con días festivos han vuelto al centro del debate tras varios titulares que aseguran que las empresas están obligadas a “devolver” esos festivos. Sin embargo, el abogado laboralista Juanma Lorente ha salido al paso de estas interpretaciones en un vídeo publicado en TikTok, donde asegura que la información que se está difundiendo es, como mínimo, incompleta.

Según explica Lorente, la reciente sentencia del Tribunal Supremo en la que se apoyan muchos medios “no dice que automáticamente, por descansar en un día festivo, la empresa tenga que compensarlo”. A su juicio, se trata de una lectura simplificada que no refleja el verdadero alcance del fallo judicial.

Depende del convenio colectivo

Lo que realmente señala la sentencia, según el abogado, es que si el descanso del trabajador coincide de forma sistemática con los días festivos, de modo que nunca puede disfrutar de ellos, la empresa deberá compensarlo de alguna manera. Esa compensación puede adoptar distintas formas y no implica necesariamente trasladar el festivo a otro día. Sin embargo, el abogado recalca que la mayoría de los convenios colectivos ya contemplan qué ocurre con los días libres en caso de coincidir con los festivos

Para ejemplificarlo, Lorente es claro: si un trabajador descansa habitualmente los sábados y un festivo cae en sábado, la empresa no tiene obligación de conceder otro día libre. “La sentencia no dice que al día siguiente tengas que descansar sí o sí”, recalca.

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El abogado concluye con una advertencia directa a los trabajadores: no fiarse de titulares llamativos sin analizar el contenido real de las resoluciones judiciales. “Hay que estudiar las cosas con calma”, afirma, recordando que cada caso depende del convenio aplicable y de las circunstancias concretas del trabajador.

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