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José Manuel Hernández, abogado: “Antes de tirar petardos en Navidad o Nochevieja, cuidado, te pueden multar con hasta 600 euros”

El lanzamiento de pirotecnia está regulado a nivel nacional y estatal. Las sanciones dependen de la gravedad de la infracción que se cometa.

José Manuel Hernández, abogado: “Antes de tirar petardos en Navidad o Nochevieja, cuidado, te pueden multar con hasta 600 euros”
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Raúl Izquierdo
Nació en Villanueva de Alcardete en 1990. De La Mancha al Diario AS. Graduado en Periodismo y Comunicación Audiovisual, siempre tuvo claro que lo suyo eran las letras. Antes de formar parte de AS pasó por Marca Plus, Grupo V y Marca. En 2019 llega a AS y, tras pasar por la web, la pandemia le coloca en Actualidad. La fotografía, su otra afición.
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Durante las fiestas navideñas, además de los típicos dulces y las comilonas interminables con la familia, es habitual también otro rito: el hecho de tirar petardos, especialmente durante los días de Navidad y Nochevieja. Una pirotecnia lanzada con motivo de celebración, sobre todo con la entrada del nuevo año.

Un gesto inofensivo, pero que nos puede ocasionar una sanción económica. Así lo recuerda el abogado José Manuel Hernández, a través de un vídeo en sus redes sociales. “Si tengo pensado tirar petardos, tengo que saber que me pueden multar. Se encuentra prohibido no solo por normativa nacional, sino que también puede estarlo por la ordenanza municipal del ayuntamiento donde realicemos el hecho sancionable. Antes de tirar petardos, informémonos en la ordenanza municipal y en la Ley de Seguridad Ciudadana hasta dónde puede ascender la sanción. Lo normal, si es leve, puede llegar a 600 euros”, explica.

Doble normativa

Y así es, puesto que en España el uso de petardos y otros artículos pirotécnicos está regulado a ambos niveles, estatal y local, dentro de la Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana y el Reglamento de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería (RAPyC).

La primera de ellas, en su artículo 28, regula el control administrativo sobre explosivos y productos pirotécnicos, incluyendo su prohibición o sanción en caso de incumplimiento. En el caso del Reglamento de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería, se establecen diferentes categorías en función de su uso y su peligrosidad.

En cuanto a las sanciones, se establecen según la gravedad de los hechos: leves (desde los 100 hasta los 600 euros), graves (601-30.000 euros) y muy graves (30.001-600.000 euros). Por ejemplo, la fabricación, el almacenamiento, la venta o el uso de pirotecnia sin marcado CE o sin la correspondiente documentación puede acarrear multas de hasta 30.000 euros, además de la incautación de los productos.

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A su vez, su uso también puede estar regulado a nivel municipal y autonómico. Por ejemplo, en comunidades como Madrid o Andalucía se requieren autorizaciones municipales para lanzar petardos en la vía pública. Algunos ayuntamientos, como ocurre en Terrassa o Vitoria, publican bandos específicos con los horarios, zonas y días permitidos, así como las sanciones que conllevan su uso incorrecto.

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